Estos serían los topes del impuesto predial en Colombia: ¿quiénes pagarían más?
¡Preste atención! Conozca la fecha límite y el paso a paso para realizar este pago.
El pago del Impuesto Predial Unificado es aquello que todo propietario, poseedor o quien disfrute del bien debe realizar sobre los bienes inmuebles o predios ubicados en el Distrito Capital. Es decir, si usted cuenta con fincas, apartamentos, casas, lotes, fábricas, predios financieros, edificios, parqueaderos, locales comerciales, entre otros, deberá pagar el impuesto predial.
¿Cuáles son los predios excluidos de este impuesto?
Tal como lo expone la Secretaria de Hacienda en su portal web, serían los siguientes:
- Los apartamentos y casas que sean de uso residencial y estén ubicados en los estratos 1 y 2.
- Salones comunales pertenecientes a las juntas de acción comunal.
- Parques naturales o públicos que pertenezcan a entidades estatales.
- Instalaciones militares y de la Policía, el Hospital Central y los inmuebles utilizados por la Rama Judicial.
- Tumbas y bóvedas funerarias, siempre que no sean de propiedad de los parques cementerios.
- Propiedades de iglesias y comunidades religiosas diferentes a la católica, reconocidas por el Estado colombiano y destinadas al culto, así como las casas pastorales y seminarios, entre otros.
Cómo pagar el impuesto predial
Este es el paso a paso para realizar el pago del impuesto predial correspondiente:
- Ingrese a la página de la Secretaría Distrital de Hacienda haciendo clic aquí.
- Haga clic en el botón ‘Oficina virtual’.
- Escoja ‘Ingresar’ en el botón de la Oficina Virtual Predial y escriba su usuario y contraseña para iniciar sesión.
- Haga clic en el apartado ‘Contribuyente’.
- En la barra superior, seleccione la sección ‘Declaraciones’ y posteriormente ‘Generar declaración’.
- Elija si es impuesto ‘Predial o vehículo’ y después el año gravable.
- Verifique la información suministrada y haga clic en el botón ‘Calcular’.
- Diríjase donde dice ‘Solo firmar’ si es persona natural o en ‘Firmar y agregar’ si es persona jurídica y haga clic en ‘Presentar declaración’.
- Una vez presentada la declaración se activará la opción llamada ‘Pagar en línea’. Introduzca los datos relacionados con su tarjeta, banco y método de pago. Luego haca clic en el botón ‘Continuar’.
- Por último, selecciones el botón ‘Pagar’ e inmediatamente se iniciará el proceso de pago y notificación del mismo.
¿Cuáles son los topes de este impuesto en Colombia?
Los predios a los que se aplique la metodología de reducción de rezago de avalúo catastral dispuesta por el artículo 49 de la Ley 2294 de 2023, así como por motivo de los ajustes tarifarios, el incremento máximo del Impuesto Predial Unificado será de:
- Hasta el 50% si el avalúo catastral es menor o igual a 135 SMMLV.
- Hasta el 100% si el avalúo catastral es superior a 135 SMMLV y menor o igual a 250 SMMLV.
- Hasta el 150% si el avalúo catastral es superior a 250 SMMLV y menor o igual a 350 SMMLV.
- Hasta el 200% si el avalúo es de 350 SMMLV hasta 500 SMMLV.
- Hasta el 300% si el avalúo catastral es superior a 500 SMMLV.
Esto significa que los predios con mayor avalúo catastral deberán pagar un impuesto predial más alto.
Plazo para realizar el pago
El plazo para realizar el pago del impuesto Predial Unificado (residencial y no residencial) con descuento por pronto pago es hasta el viernes, 26 de abril de 2024 y la fecha límite de pago sin descuento es el viernes 14 de junio de 2024.