Tribunal de Cundinamarca anula designación de Verónica Alcocer como embajadora en Vaticano
El Tribunal Administrativo anuló el decreto que designó a la primera dama como embajadora en misión especial en dos calidades. ¿Se le acabaron los viajes a Roma?
Los continuos viajes de la primera dama Verónica Alcocer siguen dando de qué hablar, uno de los que estuvo en el tintero fue la misión diplomática que hizo en septiembre de 2023, en una supuesta representación del gobierno colombiano en Italia, en los que participó en diferentes eventos como la visita al Vaticano, a la planta de la reconocida empresa Ferrero S.p.A y al proyecto social de la compañía ‘Joy of Moving Village’.
Pero este viaje a Italia generó mucha controversia por su nombramiento como embajadora en Misión Especial, que hoy fue rechazada por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
Tras haber encontrado que la misión de la primera dama a Italia no se ajustó a la ley, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca tumbó el decreto con el que se le designó como embajadora en Misión Especial y cónyuge o compañera permanente del Presidente son antagónicas.
¿Por qué demandaron el viaje de la primera dama al Vaticano?
Este viaje al Vaticano se puso en el ojo del huracán, cuando Harold Sua demandó y aseguró que con la designación como embajadora en misión especial a Verónica Alcocer, se incumplió con el artículo de la Constitución en el que se aclara que los servidores públicos “no podrán en ejercicio de sus funciones nombrar, postular, ni contratar con personas con las cuales tengan parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, primero civil, o con quien estén ligados por matrimonio o unión permanente”.
Esta demanda fue por el viaje que la primera Dama llevó a cabo desde el 12 al 13 de enero del 2023, y que tuvo como motivo una visita protocolaria a Roma, para verse con el sumo pontífice.
¿Qué dijo la Procuraduría sobre el viaje?
Este viaje de la primera dama tampoco fue del gusto de la procuradora Margarita Cabello, quien señaló que el presidente Gustavo Petro infringió la disposición de la Constitución, porque al ser “un servidor público y actuar en ejercicio de sus funciones, expidió un Decreto en el que designa o nombra como Embajadora en Misión Especial a su esposa, Verónica Alcocer, persona con la cual está ligado por matrimonio o unión permanente, razón por la cual se debería declarar la nulidad del numeral primero de este acto administrativo”.
Por lo que hoy, el Tribunal Administrativo se manifestó y tumbó el decreto luego de analizar los argumentos, y ratificó que “el ordenamiento jurídico colombiano caracteriza el papel de la cónyuge o compañera permanente del presidente de la República, como la de un particular que por tener un vínculo con el alto funcionario realiza labores protocolarias y de asistencia social en apoyo de aquel”.
Señalando que las dos calidades de Verónica Alcocer como Embajadora en Misión Especial y cónyuge o compañera permanente del señor presidente de la República son antagónicas. Y certifica que el presidente Gustavo Petro no podía nombrarla en ningún cargo.