Bogotá

¿Cómo pagar una multa de tránsito por PSE en Bogotá?

La secretaría de Movilidad de Bogotá tiene dispuestos varios canales de pago de forma presencial, pero también virtual y uno de ellos es mediante PSE ingresando a la página de la entidad.

Comparendos / Imagen de Referencia -  Getty Images

Comparendos / Imagen de Referencia - Getty Images / deepblue4you

Bogotá

Lo primero que hay que entender es que es un comparendo, que es una orden formal de notificación para que el presunto contraventor o implicado se presente ante la autoridad de tránsito por la comisión de una infracción. En el caso de Bogotá, la autoridad de tránsito es la Secretaría Distrital de Movilidad.

Este es el Paso a Paso para pagar un comparendo

1. Ingrese a www.movilidadbogota.gov.co desde su navegador o a la aplicación Mi Movilidad a un clic, https://portalmimovilidad.movilidadbogota.gov.co/#/

2. Luego, haga clic en “Consulta y Pago de Comparendos”.

3. Ingrese su número de documento de identidad y/o la placa de su vehículo.

4. Complete el código de seguridad que ve en la imagen.

5. En pantalla se verán reflejados sus comparendos, si los tiene.

6. Para pagar en línea, vaya al detalle del comparendo que deseas cancelar y busque la opción PSE. Allí puede completar los datos solicitados y continuar con su pago, de forma segura y confiable.

7. Para pagar en entidades bancarias (Banco de Occidente o Caja Social) o en puntos del Grupo Éxito, descargue la tirilla de pago, haciendo clic en la columna ‘Volante de pago’.

Como pagar un comparendo / Cortesía.

¿Cuál es la diferencia entre notificación e imposición de un comparendo?

Son actuaciones que corresponden a dos momentos distintas en el proceso contravencional:

Imposición del comparendo: En primer lugar, ante la presunta contravención a las normas de tránsito, el presunto infractor se hace acreedor de una orden para comparecer ante la autoridad de tránsito competente para que en audiencia pública se decida sobre la responsabilidad contravencional.

Notificación del comparendo: En segundo lugar, una vez se ha impuesto una orden de comparendo, ésta debe ser puesta en conocimiento del presunto infractor, con el propósito de que pueda ejercer su derecho de defensa en el proceso contravencional con dos opciones: aceptar la comisión de la infracción y proceder al pago o rechazarla y continuar con el proceso.

¿Cuáles son los tipos de notificación de un comparendo?

De acuerdo con el tipo de imposición de los comparendos varía su notificación. Existen comparendos cuya imposición es en vía, y otros que son impuestos a través de los dispositivos técnicos o tecnológicos. A continuación, se relacionan las diferencias:

• Comparendos impuestos en vía. Son notificados directamente al presunto infractor cuando es requerido por un agente de tránsito en vía.

• Comparendos impuestos por medios técnicos o tecnológicos (fotodetección). Son notificados mediante el envío del comparendo a la dirección registrada en el Registro Único Nacional de Tránsito - RUNT. Cuando no sea posible hacer la notificación del comparendo en la dirección registrada en el RUNT, la entidad deberá hacer el proceso de notificación por aviso.

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