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Reforma Pensional: “es irresponsable decir que entrará en vigor en julio del 2025″

Andrés Felipe Izquierdo, gerente de Integral Soluciones Pensionales (ISP) explica los principales cambios que sentirán los colombianos con la Reforma Pensional y los grandes vacíos que todavía tiene su aplicación

Reforma Pensional: “es irresponsable decir que entrará en vigor en julio del 2025″

Reforma Pensional: “es irresponsable decir que entrará en vigor en julio del 2025″

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Mujer revisando papeles (Getty Images) / Andrés Izquierdo

Una de las grandes problemáticas que tiene actualmente la Reforma Pensional es su entrada en vigencia. De acuerdo con lo aprobado por el Senado de la República, la Reforma comenzaría a aplicarse el primero de julio del 2025.

Si bien esto podría alentar a que los cambios que se propusieron con este proyecto de Ley tomarán forma lo más pronto posible, para el gerente Integral Soluciones Pensionales (ISP), Andrés Felipe Izquierdo, esta podría ser una decisión poco responsable; especialmente porque todos los cambios que implican poner a funcionar esta reforma.

En entrevista con el programa de 10AM Hoy por Hoy de Caracol Radio, Izquierdo explicó que esta fecha tan cercana pone en riesgo la estabilidad operativa y la arquitectura del nuevo sistema. Además, podría dejar en el aire decenas de casos particulares que, si no se resuelven, podrían acabar en procesos judiciales que agotarían más el sistema judicial.

¿Por qué sería irresponsable?

De acuerdo con Izquierdo: “el Gobierno quiere que entre el primero de julio para poder poner en marcha el pago de los subsidios del Pilar Solidario y empezar a recibir en el Estado los aportes de la gran mayoría de los cotizantes del país; sin embargo, esto no es tan fácil como el Congreso y el Gobierno cree”, explicó el gerente.

Según señala el politólogo, esta transición tiene un enorme problema de fondo que toma tiempo en resolver. Este gran inconveniente se relaciona, de acuerdo con Izquierdo, con la migración de la información, especialmente por la cantidad de afiliados que comenzará a manejar Colpensiones a partir de la vigencia de la Reforma Pensional.

Actualmente, esta entidad tiene más de 6 millones de afiliados, sin embargo, en poco más de un año, pasaría a tener cerca a 30 millones de afiliados con la Reforma Pensional, cerca a 5 veces su capacidad actual. De acuerdo con el gerente de ISP, prepararse para ese cambio debería tomar mucho más tiempo.

“El problema es que en esa migración están las historias laborales, las semanas que todos y cada uno hemos cotizado, entonces si no se logra hacer un traslado de información juicioso, se puede perder esa información y eso solo llevaría a un colapso del sistema”, explicó Izquierdo.

Para el gerente, no establecer un tiempo prudente para hacer este traslado no es más que un acto irresponsable por parte del Senado y del Gobierno Nacional. “Esto solo denota un profundo desconocimiento por parte del Congreso que aprobó esto”, aseveró.

Otras dudas que deja la Reforma Pensional

El gerente de ISP resolvió las principales dudas que ha dejado esta aprobación a la Reforma Pensional. A continuación lo que explicó Izquierdo en cada caso:

  • ¿Cómo se dividirá la cotización en pensiones en personas que ganan más de 2.3 salarios mínimos?

Uno de los grandes puntos de la reforma aborda la forma en que se repartirán las cotizaciones en pensiones de los colombianos. Como se aprobó en el Senado, todos los ciudadanos que reciban hasta 2.3 salarios mínimos, lo que equivale a $2′990.000 de pesos, deberán ser parte del Régimen de Prima Media, que será administrado por Colpensiones.

Las personas que reciben más de $3′000.000 de pesos igualmente deberán cotizar 2.3 salarios mínimos a Colpensiones y el resto de la cotización obligatoria se irá a un Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, que será administrado por el Fondo Privado de elección libre del ciudadano.

Izquierdo explica que la Ley dice todas las personas que tengan entre 1 a 25 salarios mínimos son afiliados obligatorios al sistema, lo que incluye a Colpensiones y al Fondo Privado que se haya elegido. De acuerdo con el gerente, ambos son obligatorios, “lo único que marca la diferencia entre si se cotiza o no en un fondo privado es el monto de cotización. Es decir, si excede los 2.3 salarios mínimos, esa parte, obligatoriamente también se debe cotizar y sí o sí debe ser al fondo privado”, explicó.

  • ¿Quién pagará entonces la pensión: el fondo privado o Colpensiones?

De acuerdo con Izquierdo, Colpensiones será el pagador Integral de la Pensión de Vejez. “Es decir, va a pagar la pensión que se liquide, sobre los 2.3 salarios mínimos que se cotice, en función de una tasa de reemplazo, que es el porcentaje que nos corresponde sobre el promedio como pensión”, explicó.

Esta tasa de reemplazo va entre el 65% y el 80%. Esto quiere decir, de acuerdo con Izquierdo, que la pensión máxima en Colpensiones, al día de hoy, sería de $2.400.000 pesos.

Ahora bien, con el saldo que se cotiza en el Fondo Privado, se acumularán una serie de reservas que saldrán del capital que se ha ahorrado, más los rendimientos que produzca ese dinero.

“Cuando llegue la edad de pensión, el Fondo debe pasar la plata que se requiera para financiar esos primeros $2′990.000 que la persona ya tenga a Colpensiones y con el resto, la persona podrá tener una renta vitalicia en el fondo privado que dependerá de lo ahorrado y de sus rendimientos”, explicó.

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