Ordenan medidas de seguridad para excombatientes de las FARC-EP que comparecerán en la JEP
La Corte Constitucional señala que esto se debe a que son el principal escenario de reconocimiento público por tal razón, víctimas y comparecientes deben contar con todas las garantías de seguridad para comparecer efectivamente a esta audiencia.
La Corte Constitucional explicó que estas medidas ordenadas obedecen a la comparecencia que harán algunos excombatientes de las FARC-EP ante la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de Hechos y Conductas de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) en la audiencia de reconocimiento que se llevará a cabo el próximo 26 de abril en Ibagué.
Para la Sala de Seguimiento a la Sentencia SU-020 de 2022, que declaró el estado de cosas inconstitucional en materia de seguridad para la
población firmante del Acuerdo de Paz en proceso de reincorporación, “es claro que las audiencias de reconocimiento son precisamente una de las
diligencias más importantes que realiza dicha Sala”.
Así mismo para la Sala es claro que, para los firmantes, no solo es una forma de ejercer libremente sus derechos como parte del proceso de reincorporación integral a la vida civil y de cumplir con sus compromisos ante la JEP, sino también de garantizar los derechos de las víctimas a la verdad, a la justicia y a la restauración del daño causado.
Por lo anterior, la Sala ordenó a diversas entidades del Estado implementar medidas urgentes de seguridad en primer lugar, la Sala le ordenó al director general y al subdirector especializado de seguridad y protección de la Unidad Nacional de Protección llevar a cabo un trámite de emergencia para atender la situación de los comparecientes y adoptar e implementar medidas de protección transitorias y complementarias para garantizar la comparecencia segura y efectiva de los firmantes a la audiencia de reconocimiento.
Asimismo, les ordenó cumplir con su deber de actuar de forma célere y proporcional a la magnitud de los riesgos identificados, con base en los principios de presunción del riesgo extraordinario e inversión de la carga de la prueba. La Sala recalcó que, para garantizar la efectiva comparecencia de los firmantes a la audiencia, bajo ningún motivo podrán levantar ni descompletar las medidas de protección ya reconocidas a cada excombatiente.
En segundo lugar, la Sala les ordenó al Ministerio de Defensa, a la UnidadPolicial para la Edificación de la Paz, a la Policía Metropolitana de Ibagué,
al Comando Conjunto Estratégico de Transición del Comando General de las Fuerzas Militares, a la División Quinta y a la Sexta Brigada del Ejército
Nacional reforzar las estrategias y protocolos para garantizar las condiciones estructurales de seguridad, con el fin de que la JEP pueda
realizar la diligencia judicial pacíficamente y sin riesgos de seguridad para quienes asistirán.