Municipios de Cundinamarca deben invertir al menos el 1% de sus ingresos en medio ambiente
La Contraloría del Departamento vigila que los 116 municipios del departamento realicen estas inversiones a propósito del bajo nivel de los embalses.
Bogotá D.C.
Los 116 municipios del departamento deben invertir al menos el 1 % de sus ingresos corrientes para la protección ambiental.
Esta disposición legal fue revalidada con la expedición de la Ley 2320 del 29 de agosto de 2023; mediante la cual, además de mantener las condiciones vinculantes que traía la Ley 99 de 1993, se dispone que esta inversión se realice con enfoque de soluciones basadas en la naturaleza.
De acuerdo con la Contraloría, en esta época de sequía y en la que el nivel de los embalses es tan bajo, se deben implementar los pagos por Servicios Ambientales o a ejecutar compras de predios con afluentes hídricos.
Para hacer seguimiento a estas inversiones, la entidad realiza la vigilancia de la inversión de estos recursos.
“Como parte del compromiso a la adaptación al cambio climático, restauración, rehabilitación, recuperación ecológica o para financiar esquemas de pago por servicios ambientales (PSA) en las áreas de importancia estratégica” indicó la entidad.
La Contraloría de Cundinamarca adelanta la evaluación de la gestión fiscal ambiental a los sujetos priorizados a través de la Subdirección de Costos Ambientales.
Municipios que deben cumplir con la obligación:
1. Agua de Dios
2. Nilo
3. Cáqueza
4. Nimaima
5. Chaguaní
6. Nocaima
7. Chipaque
8. Paratebueno
9. Villeta,
10. Puerto Salgar
11. Fosca
12. Quebrada negra
13. Gama
14. Sasaima
15. Guatavita
16. Tibirita
17. Junín
18. Tocaima
19. La Peña
20. Vergara
21. Manta
22. Vianí
23. Machetá
24. Sesquilé
25. Suesca
26. Villapinzón
27. Gachalá
28. La Calera
29. Medina
30. Fomeque
31. Guayabetal
32. Ubaque
33. Paime
34. Villagómez
35. Cajicá
36. Cogua
37. Tenjo
38. Bojacá
39. El Rosal
40. Subachoque
41. Cabrera
42. Silvania
43. Anapoima
44. Cachipay