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¿Quiénes pueden cobrar 2 pensiones en Colombia? Lista de personas y requisitos

En algunos casos, la ley permite que un trabajador acceda a dos pensiones

Imagen de referencia de persona solicitando la pensión // Getty Images

Imagen de referencia de persona solicitando la pensión // Getty Images

Acceder una pensión y vejez digna es uno de los propósitos de los trabajadores colombianos, quienes piensan descansar tras cumplir 1300 semanas laborales: los hombres al tener 62 años y las mujeres 57, como dice la ley.

En Colombia, la pensión es considerada como un derecho fundamental que se adquiere al cumplir con los requisitos establecidos por la ley.

Todos los trabajadores, dependientes o independientes, pueden cotizar para acceder a una pensión de vejez, de acuerdo con la ley 100 de 1993.

Así mismo, existen la pensión de invalidez, pensión de sobrevivencia familiar y de vejez, las cuales suben de acuerdo con el aumento del salario mínimo cada año.

Muchas personas piensan que solo tienen derecho a recibir una pensión a la hora de retirarse, pero lo cierto es que existen algunos casos en los que los trabajadores colombianos, cumpliendo con ciertos requisitos, pueden cobrar dos pensiones a la vez.

¿Quiénes pueden cobrar doble pensión?

En el sistema de seguridad social integral de la Ley 100 de 1993 se establece que es posible que una persona pueda recibir pensión de vejez y pensión de sobreviviente, o pensión de invalidez y pensión de sobreviviente, porque se tratan de contingencias diferentes (vejez- muerte) (Invalidez-muerte) y se tratan de cotizaciones diferentes.

Así mismo, en un pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia (SL3869-2021) se estableció que también es posible una persona reciba una pensión de invalidez de origen laboral y al mismo tiempo una de vejez, pues las dos prestaciones no son incompatibles, protegen riesgos distintos, y su financiación es diferente.

Aquellos trabajadores que cumplen con los requisitos para generar la pensión en dos regímenes diferentes de la Seguridad social también pueden cobrar dos pensiones: se puede cobrar una pensión por cada régimen.

Por otro lado, la sentencia SL3869-2021 indica que si una persona tiene dos pensiones, el monto máximo para cobrarlas, es de 20 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Requisitos para acceder a dos pensiones:

La principal condición para cobrar dos pensiones a la vez es que ambas procedan de regímenes de la Seguridad Social diferentes. Lo más habitual para cumplir esta condición es que el trabajador haya cotizado por cuenta propia y cuenta ajena al menos 15 años en cada uno de los regímenes.

Así mismo, el trabajador tiene que llegar a la edad de jubilación ordinaria, que se sitúa en los 65 años para aquellos trabajadores que tengan al menos 37 años y tres meses cotizados, y de 66 para el resto.

En el Régimen de Prima Media con Prestación Definida:

  • Pensión por vejez: Edad: hombre 62 años y mujer 57 años y semanas: como mínimo 1.300.
  • Pensión por invalidez: Ser calificado con una pérdida de capacidad laboral u ocupacional del 50% o más por origen común y como mínimo 50 semanas en los últimos tres años anteriores a la fecha de estructuración.
  • Pensión de sobreviviente: Ser beneficiario del pensionado fallecido y que el afiliado fallecido haya cotizado como mínimo 50 semanas en los últimos tres años anteriores a la fecha del fallecimiento.

En el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad:

  • Pensión de Vejez: edad: hombre 62 años, mujer 57 años y semanas: 1150, no contar con el capital requerido para una pensión por capital y no contar con rentas superiores a un 1SMLMV2.
  • Pensión por invalidez: ser calificado con una pérdida de capacidad laboral u ocupacional del 50% o más por origen común y como mínimo 50 semanas en los últimos tres años anteriores a la fecha de estructuración.
  • Pensión de sobreviviente: ser beneficiario del pensionado fallecido y que el afiliado fallecido haya cotizado como mínimo 50 semanas en los últimos tres años anteriores a la fecha del fallecimiento.

Cabe mencionar que según la información del Gobierno, con cierre del 24 de octubre de 2023, en Colombia había un total de 1.627.075 pensionados de Colpensiones, el fondo público donde se ofrece una variedad de tipos de pensiones y alternativas, cada uno con sus propios requisitos y beneficios.

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