Justicia

Corte amparó derechos de familia a quien se les negó servicio de agua potable

La familia alegó que la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá le solicitó la licencia de construcción aun cuando el proceso de curaduría para legalizar el barrio no se había surtido.

Imagen de referencia de agua potable. Foto: Getty Images.

Imagen de referencia de agua potable. Foto: Getty Images. / d3sign

La Sala Octava de Revisión del alto tribunal amparó los derechos al agua potable, a la prestación de los servicios públicos, el derecho a la vida de los niños y los derechos de las personas de la tercera edad de una familia desplazada a quien la Empresa de Acueducto de Alcantarillado de Bogotá le negó el servicio del líquido vital.

El accionante señaló que la empresa no provee el servicio de acueducto en su inmueble y le exige una serie de requisitos que no tiene la posibilidad de cumplir como lo es la licencia de construcción. En ese caso, reprocha el accionante que primero se debe surtir el proceso de legalización del barrio para que las curadurías aprueben la licencia de construcción.

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En primera y segunda instancia se declaró improcedente el amparo toda vez que no logró demostrarse un perjuicio irremediable. La Sala, con ponencia de la magistrada Cristina Pardo, en su lugar, consideró que la Empresa de Acueducto y Alcantarillado desconoció el derecho al agua del accionante y de su núcleo familiar que se compone de menores de edad y personas de la tercera edad.

Para la Sala la entidad incurrió en una grave vulneración al líquido vital como lo son la disponibilidad y la accesibilidad al privar a la familia de dicho servicio. Además, señaló que faltó a su deber de garantizar el acceso a, por lo menos, un mínimo del líquido, con el fin de satisfacer sus necesidades básicas.

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Así las cosas, la Corte ordenó que se garantice el acceso al liquido del accionante y su familia por los medios más idóneos que consideren las partes, evaluando incluso, la posibilidad de conectar el predio a la acometida de agua cuyas redes ya están instaladas en los inmuebles aledaños al del demandante. Asimismo, instó al accionante a que continúe y finalice con diligencia los trámites para la legalización del inmueble en el que habita. Durante el proceso, la Defensoría del Pueblo deberá asesorar y acompañar al solicitante.

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