Economía

Declaración de renta 2023 en octubre: ¿quiénes deben presentarla?

En caso de que una persona no realice la declaración de renta y se le pase la fecha límite para presentarla, se verá expuesta a unas sanciones.

Imagen de dinero - Getty Images

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El pasado mes de octubre comenzaron a correr las fechas para la declaración de renta. De esta forma, los plazos para cumplir con el trámite se han ido cumpliendo. Lo anterior, se debe a que dependiendo los últimos dos dígitos del NIT del RUT o de la cédula los ciudadanos tienen más o menos tiempo para cumplir con este deber.

Lo anterior, significa que las personas naturales deben estar al tanto de los últimos dos dígitos del Número de Identificación Tributaria - NIT del declarante que conste en el RUT así como del día límite.

En caso de que una persona no realice la declaración de renta y se le pase la fecha límite para presentarla, se verá expuesta a unas sanciones.

Hay varios tipos de multa: Una es conocida como sanción por extemporaneidad, que implica el 5 % del impuesto a cargo y esta cifra incrementa cada mes. Por lo tanto, el 5% solo es pagado por las personas que tienen que pagar el impuesto sobre la renta y que hicieron el pago del impuesto a tiempo.

La segunda sanción es aplicada en general a todos los que declaran. En este caso deben pagar un valor de 424.000 pesos cuando no se hace la declaración de renta antes de la fecha límite. Esto significa que con cada día de retraso se paga ese valor, sin importar si se tiene la obligación de pagar el impuesto sobre la renta. Esta multa aumentará con el paso de los días y meses.

Los colombianos recibirán una notificación que aclara que cuentan con un mes para hacer el pago del impuesto. En caso de que no lo hagan se adicionará un 10 %.

Si una persona nunca declara impuestos sobre la renta, pero debe hacerlo tendrá una sanción en la que se le cobrará el 20 % basado en los ingresos del periodo en el que no declaro impuestos o centrado en los ingresos de anterior vez que sí desarrolló la declaración de renta

Estas son las cédulas y NIT que tienen plazo hasta octubre para declarar renta:

  • Octubre 2: 75-76 últimos dos dígitos del NIT
  • Octubre 3: 77-78 últimos dos dígitos del NIT
  • Octubre 4: 79-80 últimos dos dígitos del NIT
  • Octubre 5: 81-82 últimos dos dígitos del NIT
  • Octubre 6: 83-84 últimos dos dígitos del NIT
  • Octubre 9: 85-86 últimos dos dígitos del NIT
  • Octubre 10: 87-88 últimos dos dígitos del NIT
  • Octubre 11: 89-90 últimos dos dígitos del NIT
  • Octubre 12: 91-92 últimos dos dígitos del NIT
  • Octubre 13: 93-94 últimos dos dígitos del NIT
  • Octubre 17: 95-96 últimos dos dígitos del NIT
  • Octubre 18: 97-98 últimos dos dígitos del NIT
  • Octubre 19: 99-00 últimos dos dígitos del NIT

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