Política

¿Cambiará la Jornada Laboral con la nueva Reforma de Petro?

Conozca cómo quedaría la jornada laboral de ser aprobada esta reforma y los puntos claves y más polémicos del documento

Reducción de la jornada laboral en Colombia. Foto de referencia vía Getty Images.

Reducción de la jornada laboral en Colombia. Foto de referencia vía Getty Images. / Westend61

La ministra de Trabajo Gloria Inés Ramírez radicó este jueves en la Cámara de Representantes el nuevo texto de la reforma laboral, que contiene 92 artículos y busca la estabilidad laboral de los trabajadores y que además plantea empleos verdes y fuero sindical.

En este nuevo texto se mantiene el punto que ha causado más reclamos, especialmente en el sector empresarial, como es el trabajo diurno y nocturno que queda definido entre las 6:00 de la mañana y las 7:00 de la noche. El trabajo nocturno es el que se realiza entre las 7:00 de la noche y las 6:00 de la mañana.

Cabe mencionar que esta es la segunda versión del documento, pues la primera se había hundido en el anterior período legislativo sin siquiera ser debatida, porque la mayoría de veces no hubo el cuórum necesario. Esta vez la ministra Ramírez y su equipo de trabajo sostuvieron reuniones con algunos empresarios y gremios para hacerle ajustes al documento.

Puntos claves de la reforma laboral

Entre los puntos más polémicos de la nueva reforma se encuentra el teletrabajo o trabajo a distancia, definido en el texto como: “una forma de organización laboral, que se efectúa en el marco de un contrato de trabajo, que consiste en el desempeño de actividades remuneradas utilizando como soporte las tecnologías de la información y la comunicación, sin requerirse la presencia física del trabajador o trabajadora en un sitio específico de trabajo”.

La reforma plantea que las empresas estarán obligadas a implementar esa metodología de trabajo con una parte de sus empleados, con el objetivo de estimular la transición digital y la diversificación del trabajo.

De acuerdo con el artículo 60 del documento, las compañías deberán implementar el teletrabajo de la siguiente manera:

  • Si tienen en su nómina entre 20 a 50 trabajadores o trabajadoras, tendrán que promover modalidades de trabajo en casa con el 5% de sus empleados.
  • Las empresas cuenten con una plantilla de entre 50 y 200 trabajadores, deberán aplicar el teletrabajo con, por lo menos, el 10% de ellos.
  • Las empresas que tengan más de 200 trabajadores tendrán que implementar el trabajo a distancia en el 15% de su nómina.

Si la reforma es aprobada, esta medida no será obligatoria en los seis meses posteriores a la implementación; sin embargo, en ese lapso las empresas tendrán que iniciar un proceso de revisión de sus capacidades tecnológicas y capacitar a su personal en el teletrabajo.

En lo que tiene que ver en los contratos a término fijo y de obra o labor determinada, el trabajador y la trabajadora tendrán derecho al pago de vacaciones y prestaciones sociales en proporción al tiempo laborado cualquiera que éste sea.

Otro punto nuevo es el de Pre pensionados, es decir, a quienes les falten tres (3) años o menos para cumplir el mínimo de semanas de cotización, o cuando teniendo las semanas requeridas le falte igual tiempo para cumplir la edad pensional solo podrán ser desvinculadas si existe una justa causa o una causa legal.

La licencia de paternidad en Colombia aumentará de manera progresiva hasta llegar a doce semanas en el 2026, así:

  • En el 2024 subirá a ocho (8) semanas.
  • En 2025 llegará a diez (10) semanas
  • En 2026 llegará a doce (12) semanas

Otro de los nuevos apartes de este proyecto es el de las actividades complementarias del sector portuario, transportador o de abastos; contrato de trabajadores y trabajadoras del arte y cultura, y medidas adicionales en relaciones laborales para periodistas, comunicadores sociales y trabajadores afines.

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En lo que tiene que ver en los contratos a término fijo y de obra o labor determinada, el trabajador y la trabajadora tendrán derecho al pago de vacaciones y prestaciones sociales en proporción al tiempo laborado cualquiera que éste sea.

Así quedaría la jornada laboral si se aprueba la reforma

El documento propone una jornada laboral ordinaria de ocho horas al día. Sin embargo, la modificación real se encuentra en los horarios en los que se cumple una jornada diurna y una nocturna.

El gobierno propone que la jornada diurna sea de 6 a. m. a 7 p. m., a partir de esa hora, iniciaría la jornada nocturna, de 7 p. m. a 6 a. m.

En lo que tiene que ver al descanso la iniciativa contempla un día de descanso obligatorio, o días de fiesta se remunera con un recargo del ciento (100%) sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas, sin perjuicio del salario ordinario a que tenga derecho el trabajador por haber laborado la semana completa.

Según la propuesta de reforma a partir de julio de 2024, se incrementará el recargo por laborar en día de descanso obligatorio o de fiesta a 80%.

Estos cambios, según el gobierno, buscan ajustarse a las dinámicas y necesidades de los trabajadores en la actualidad, sin embargo, diversos sectores han expresado su preocupación sobre el impacto que tendrán los cambios en el mercado laboral.

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