Minjusticia pide a la Corte Constitucional dejar en firme la ley de la “paz total”
Un concepto indica que “la paz total” se ajusta a la Constitución y desertores pueden ser acogidos por el marco normativo de la paz total.
Judicial
La Corte Constitucional estudia una demanda contra la ley 2272 de 2022, conocida como la ley de la “paz total”.
En un concepto de 12 páginas el ministro de Justicia Néstor Osuna y el secretario Jurídico del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Vladimir Fernández, le pidieron a la Corte Constitucional que declare exequible el artículo segundo de esa ley de la “paz total”. Es decir, que deje en firme.
El demandante alegó que ese artículo habilitó a último momento la puerta para que, quienes hayan incumplido un proceso de paz (como las disidencias) puedan volver a ser considerados como sujetos de negociación y ello vulnera la garantía constitucional que tienen las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación.
El concepto del Minjusticia, dice que, las negociaciones de paz, como vía preferencial para la terminación del conflicto armado interno, ha sido reconocida por la jurisprudencia de la Corte Constitucional.
La facultad para adelantar negociaciones de paz y el reconocimiento de estatus a un grupo armado radica exclusivamente en el Presidente de la República.
En ese orden, exmiembros de grupos armados al margen de la ley, desmovilizados mediante acuerdos pactados con el Estado colombiano, (desertores) que contribuyan con su desmantelamiento pueden ser acogidos por el marco normativo de la paz total.
Además, dice que, cada caso será estudiado por una instancia de Alto Nivel que se encargará de la caracterización y calificación de las estructuras armadas organizadas de crimen de alto impacto.