Manizales

Juzgado suspende las obras del la línea 3 del Cable Aéreo de Manizales

Un fallo del Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Manizales, ordenó suspender la licitación para la construcción de la línea 3 del Cable Aéreo en la capital caldense.

Juzgado suspende las obras del la línea 3 del Cable Aéreo de Manizales

Manizales

La decisión obedece a una acción popular presentada por el ciudadano Enrique Arbeláez Mutis, a través de la cual le solicitó a la justicia que decretara una medida cautelar frente el grave riesgo de detrimento patrimonial y de afectaciones en cuanto al tiempo y licitación transparente de la línea tres del Cable aéreo, frente a lo que consideran que el proyecto violenta el principio de transparencia, asegura el demandante.

“Esa obra del cable tres no tiene un principio de planeación, al no tenerlo comete unas fallas en todo lo que tiene que ver con el proyecto, en el principio de planeación se habla que los predios deben estar comprados, identificados, no tener ningún tipo de problemas de carácter jurídico (...) están tratando de cambiar el diseño en una de las partes, esa es la parte de planeación y de principios que debe tener una obra ” asegura el demandante Enrique Arbeláez.

A la acción popular fueron vinculados Ideas Más, InfiManizales y la Unión Temporal Cable Aéreo Línea 3, por lo anterior, según el fallo del juzgado, se evidencia que la obra, no cuenta con la totalidad de los predios necesarios para su construcción y pese a ello, suscribió el contrato de construcción sobre los mismos, hablamos con el concejal de la ciudad Cesar Díaz quien dijo que desde el inició no consideró pertinente este proyecto teniendo en cuenta la situación por la que pasaba el país y la ciudad, esto fue lo que nos dijo, “particularmente este concejal ha tenido las diferencias con la construcción de la tercera línea del cable aéreo (...) primero porque no es una obra pertinente para la ciudad y requiere cofinanciación del gobierno nacional”.

El Concejal destacó además que “hoy después de dos años lastimosamente para la ciudad nos están dando la razón, falta de planeación y planificación frente a la adjetivación de la licitación (..) lastimosamente para la ciudad hay falta de planificación, hay improvisación con respecto a la construcción de la tercera línea del cable aéreo”.

El fallo del Juzgado Segundo de Manizales, definió decretar las siguientes medidas cautelares en aras de prevenir el daño al derecho colectivo, al patrimonio público, dentro del medio de control de protección de los derechos e intereses colectivos:

1-La suspensión inmediata del contrato del 5 de septiembre de 2022 entre IDEAS MÁS SA ESP y la Unión Temporal Cable Aéreo Línea 3 cuyo objeto es la “CONSTRUCCIÓN DE UN SISTEMA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS POR CABLE AÉREO TIPO GÓNDOLA DEL PROYECTO LÍNEA 3 DEL CABLE AÉREO DE MANIZALES”, hasta tanto el Municipio de Manizales evidencie la disponibilidad jurídica y física de todos los predios de propiedad de terceros que debe adquirir para la ejecución del contrato.

2- La liquidación parcial del contrato No. 001-2022 del 5 de septiembre de 2022 entre IDEAS MÁS SA ESP y la Unión Temporal Cable Aéreo Línea 3 con corte a la fecha de notificación de esta providencia.

3- La continuación y culminación sin dilaciones de la gestión predial por parte del Municipio de Manizales e Infimanizales.

El Juzgado en es claro en indicar que según lo pretendido por la ley 1682 es importante incorporar mecanismos jurídicos para lograr la disponibilidad de los predios de forma que no se retrase el inicio y ejecución de las obras, pero, se reitera, que no está autorizando iniciar las obras sin tener la disponibilidad jurídica y material de los terrenos necesarios, pues no es físicamente viable iniciar la construcción de la Línea 3 del Cable pese a que el contrato ya se suscribió y está corriendo el término para su ejecución, simple y llanamente porque el municipio de Manizales no tiene la disponibilidad jurídica ni física de los predios de propiedad de terceros donde se debe llevar a cabo la construcción.

Por último, para el Juzgado no se pueden confundir unos “ajustes a los diseños” con un replanteamiento del proyecto, como lo sería, cambiar la ubicación de las estructuras (pilonas) o estaciones del sitio analizado, estudiado y definido previamente.

Frente a esta situación InfiManizales respondió a través de un comunicado de prensa de la siguiente forma:

Ante la medida cautelar del Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Manizales respecto al Proyecto Línea 3 del Cable Aéreo, la Alcaldía de Manizales, Infimanizales e Ideas Más se permiten manifestar a la opinión pública y a los medios de comunicación que:

1. La Administración Municipal y sus entes descentralizados son respetuosos de las decisiones judiciales.

2. Sin embargo, amparados por la ley cuentan con los recursos de reposición y apelación, que serán presentados por sus equipos jurídicos.

3. Ante el argumento del fallo que manifiesta que se deben comprar todos los predios para el inicio de la obra, las entidades aclaran que, según la Ley 1682 de 2013, en Colombia no es necesario contar con la totalidad de los predios para dar inicio a las obras de infraestructura de transporte.

Al respecto, se pueden encontrar ejemplos como las líneas 1 y 2 del Cable Aéreo de Manizales, el proyecto para el metro de Bogotá, el metro de la 80 de Medellín y la Concesión Pacífico 3, entre otros, que han iniciado contratos sin contar con el 100 % de la gestión predial.

4. Los proyectos de tipo cable aéreo permiten su comienzo con múltiples frentes de trabajo para los cuales, en este caso, ya se tienen los predios suficientes para avanzar en el cronograma.

5. Ante la medida cautelar, ya se cuenta con un antecedente jurídico de otro juzgado:

a. El pasado 1 de septiembre de 2022 el Juzgado Quinto Administrativo del Municipio de Manizales negó la medida cautelar interpuesta para la suspensión las obras, toda vez que determinó que no existían pruebas para concluir que se estuvieran vulnerando los derechos de la comunidad.

b. Este proceso fue acumulado con el que actualmente cursa en el Juzgado Segundo Administrativo de Manizales.

Una vez adelantados los trámites de reposición y apelación correspondientes, se darán a conocer los fallos definitivos del proceso.

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