Alcaldía de Cartagena peatonalizó el Centro Histórico por un mes
Esta medida aplicará en el horario de 2:00 p.m. hasta las 4:00 a.m., hasta el 15 de enero de 2023. A partir del 16 de enero de 2023 y hasta el 30 de junio de 2023, la restricción aplicará solo en 23 corredores culturales peatonales.
Cartagena
Entre el 15 de diciembre de 2022 y el 15 de enero de 2023, en el horario de 2:00 p.m. y las 4:00 a.m., se restringe la circulación de vehículos motorizados en las vías de los barrios Centro, San Diego, La Matuna, y Getsemaní, en el Centro Histórico.
Mediante decreto 1698 del 13 de diciembre de 2022, el alcalde, William Dau Chamat, modificó el artículo segundo del decreto distrital 1033 del 15 de julio de 2022, (acto administrativo que dispuso los corredores culturales peatonales en el Centro Histórico), extendiendo la medida y restringiendo la circulación de vehículos motorizados en las vías de estos barrios.
Se exceptúan los siguientes corredores:
Avenida Blas de Lezo
Carrera 8 (Paseo de los Mártires)
Calle 24 (Calle del Arsenal)
Calle 25 (Calle Larga)
Calle 30 (Calle de la Media Luna)
Calle 32 (Avenida Daniel Lemaitre)
Carrera 8ª (Avenida del Centenario)
Carrera 11 (Avenida Pedregal)
Carrera 10B entre Calle 24 (Calle Larga) y Calle 25 (Calle del Arsenal)
Carrera 10 del barrio San Diego (Calle San Antonio y Calle de la Sierpe)
Carrera 10C (Calle Maravillas y Calle de Las Tortugas)
Calle 34 hasta la calle 32ª (Plazoleta de Telecom)
Carrera 10 del barrio Getsemaní (Plazoleta Joe Arroyo)
Carrera 9ª (Calle Panamá)
A partir del 16 de enero de 2023, hasta el 30 de junio de 2023 , la medida de restricción cambia y solo se aplica en los siguientes corredores:
1) Carrera 3, entre Carrera 2 y Calle 31A (Calle de la Factoría, Calle de Santo Domingo, Calle de Nuestra Señora del Rosario, Calle Santa Teresa, Calle Antonio Ricaurte).
2) Carrera 4, entre Carrera 2 y Calle 32 (Calle Landrinal, Calle de la Iglesia, Calle Don Sancho).
3) Carrera 5, entre Calle 32 y Calle 34 (Calle Cochera del Gobernador).
4) Carrera 6, entre Calle 32 y Calle 34 (Calle Cabal, Calle Candilejo).
5) Carrera 7, entre Carrera 2 y Calle 32 (Calle de la Paloma, Calle del Curato, Segunda de Badillo, Primera de Badillo, Calle de las Carretas).
6) Carrera 8, entre Calle 37 y Calle 38 (Costado del Parque Plaza Fernández Madrid).
7) Carrera 9 del barrio San Diego, entre Calle 36 y Calle 38 (Calle de la Bomba, Calle de los Puntales).
8) Carrera 9 del barrio Getsemaní, entre Calle 24 y Calle 29 (Callejón Vargas, Calle San Juan).
9) Carrera 10 del barrio San Diego, entre Calle 36 y Calle 38 (Calle de la Necesidad, Calle del Pilar).
10) Carrera 10 del barrio Getsemaní, entre Calle 29 y Avenida Daniel Lemaitre (Calle del Guerrero, Calle San Andrés, Calle Tripita y Media).
11) Carrera 10B, entre Calle 25 y Calle 29 (Calle La Aguada, del Pozo).
12) Calle 26, entre Carrera 10B y Carrera 10C (Calle de la Tusa).
13) Calle 27, entre Carrera 10B y Carrera 10C (Callejón Angosto).
14) Calle 28 entre Carrera 10B y Carrera 10C (Callejón Ancho).
15) Calle 29, entre Carrera 10B y Carrera 10C (Calle del Carretero).
16) Calle 32, entre Carrera 4 y Carrera 7, (Calle de la Amargura hasta la Plaza de los Coches Portal de los Dulces).
17) Calle 32ª, entre Carrera 5 y Carrera 6 (Calle de Morquecho).
18) Calle 33, entre Carrera 2 y Carrera 4 (Calle Baloco, Calle de la Inquisición).
19) Calle 34, entre Carrera 5 y Carrera 8 (Calle Román, Calle Porto Carrero).
20) Calle 35, entre Carrera 2 y Carrera 6 (Callejón de los Estribos, Calle Nuestra Señora de la Candelaria, Calle de Ayos, Calle del Coliseo)
21) Calle 37, entre Carrera 7 y Carrera 11 (Calle de la Tablada, Calle Quero, Calle de San Pedro Mártir).
22) Calle 38, entre Carrera 4 y Carrera 8 (Calle de la Merced, Calle del Estanco del Aguardiente, Calle del Sargento Mayor, Parque Plaza Fernández Madrid).
23) Calle 39, entre Carrera 7 y Carrera 9 (Calle Stuar).
Cambios en sentidos de circulación vial
Se modifica desde el 16 de enero de 2023, hasta el 30 de junio de 2023, los sentidos de circulación vial para el tráfico vehicular en las siguientes calles:
Carrera 9 (Calle del Boquete)
Desde Calle 36 (Calle de la Cruz), hasta Avenida Escallón Villa, sentido Norte – Sur
Avenida Escallón Villa
Desde Carrera 9 (Calle del Boquete), hasta Calle 35 (Calle del Tablón), sentido Oriente – Occidente
Calle 35 (Calle del Tablón)
Desde la Avenida Escallón Villa hasta la Avenida Venezuela, sentido Norte – Sur
Excepciones
Se exceptúan de la restricción los siguientes vehículos:
1. Vehículos automotores que pertenezcan o hagan parte del cuerpo de seguridad del Estado, Fuerzas Militares, Armada Nacional, Policía Nacional y Cuerpo Técnico de Investigación de la Fiscalía General de la Nación.
2. Vehículos automotores de emergencia debidamente identificados e iluminados, en desarrollo de sus funciones para movilizar personas afectadas en la salud, para prevenir o atender desastres o calamidades o actividades policiales, debidamente registrados como tales con las normas y características que exige la actividad para la cual se matricule.
3. Vehículos adscritos a empresas de servicios públicos.
4. Vehículos funerarios.
5. Vehículos adscritos a empresas de transporte de valores.
6. Vehículos que transporten personas con discapacidad permanente cuya condición motora, sensorial o mental limiten su movilidad, siempre y cuando cumplan con las normas establecidas para la conducción de vehículos.
7. Vehículos al servicio de empresas de lavandería en operaciones de entrega o recolección.
8. Vehículos de autoridades de tránsito.
9. Vehículos automotores de residentes o propietarios de predios que tengan parqueadero o garaje fuera de vía. La circulación solo podrá realizarse para entrar o salir de dicho parqueadero o garaje.
Residentes o propietarios de predios que tengan parqueadero o garaje fuera de vía, deben diligenciar formulario de solicitud disponible en: https://forms.office.com/r/mb6pLyk5Mk y seguir instrucciones recibidas vía correo electrónico.
El estacionamiento o parqueo sobre la vía de restricción se prohíbe, por lo que solo se podrá parquear en garajes o estacionamiento fuera de vía.
El ingreso de taxis y de servicio especial se permitirá, exclusivamente, en los momentos en que deban recoger o dejar pasajeros al interior de las zonas de restricción.
La medida de los corredores culturales peatonales ya se venía aplicando en la ciudad. En diciembre de 2021, como una prueba piloto, el Distrito creó espacios peatonales que permitieran a nativos y turistas disfrutar del atractivo de las calles llenas de historia de nuestra ciudad.
Durante los meses que duró el plan piloto, el flujo peatonal aumentó entre el 11% y el 75%, según un aforo realizado por el Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte, DATT, y se evidenció, principalmente que los periodos de máxima demanda se presentaron al final de la tarde.
El incremento de los peatones en todas las intersecciones refleja la aceptación de la medida de restricción vehicular, gracias a las condiciones de seguridad para todos los actores viales.
“Hoy se emite una medida importante que responde a la reivindicación del peatón en el Centro Histórico, que busca gestar un lugar sostenible, amigable y seguro para todos los que transitan en él; esta medida, que se divide en 2 tiempos, fue construida de la mano de la administración, la comunidad, los gremios y el sector comercial que confluye en el centro. Hoy trabajamos unidos por el centro de todos y esperamos que toda Cartagena se apropie de nuestro patrimonio, y así, acepte y respete la medida”, manifestó Diana Martínez, Gerente del Centro Histórico