IPP e IPC, indicadores determinantes para reducción en tarifas de energía
Explicaremos qué quiso decir Camilo Sánchez y la viceministra Ruiz con la fórmula IPP-IPC: reducción tarifas en noviembre.
Uno de los momentos claves donde se quiso profundizar para entender el por qué, el ‘Pacto por la Justicia Tarifaria’ llegó a definir que, para el mes de noviembre se reducirá la tarifa de energía, fue la razón dada por la viceministra de Minas, Belizza Ruiz y el presidente de Andesco, Camilo Sánchez, con los indicadores IPP e IPC; a continuación, se lo explicaremos.
Tenemos que comenzar definiendo que son esas siglas; el IPP se refiere al Índice de Precios al Productor. En este caso puntual se refiere a los generadores de energía, porque como su palabra lo dice, ellos “producen” el fluido eléctrico y fijan el rango de precios. Por otro lado, el IPC es el Índice del Precio al Consumidor, término en el cual entran a participar los usuarios quienes se benefician del servicio de energía y a su vez balancean el mercado por consumo.
Partiendo del anterior punto que tanto IPP como IPC son los principales indicadores de precios en el país determinados por la inflación; vale explicar que lo dicho por ellos, se refiere a tomar el rango de precios con los que se suministraba la energía del año 2020, a este 2022 estableciéndolo a la capacidad de pago que tiene el ciudadano; teoría técnica que aspiran dé resultado para el mes de noviembre, o quizá antes.
En otro apartado la viceministra Ruiz se refirió al concepto TyD, que significa Transmisión y Distribución; aquí se refiere exclusivamente a las empresas generadoras de energía, y ellas van a elegir a través de una apertura, tanto en T: Transmisión, como en D: Distribución, la tarifa mínima de energía.