Por tutela contra CoronApp, Corte Constitucional advierte al Gobierno proteger datos
El alto tribunal lo determinó previendo futuras emergencias sociales y sanitarias.

CoronApp - Cortesía MinTIC
La Corte Constitucional advirtió que el Gobierno Nacional está obligado a aplicar la legislación estatutaria en materia de ‘habeas data’ para el tratamiento de datos personales, previendo futuras emergencias sociales, económicas, ecológicas y de salubridad.
El pronunciamiento del Alto Tribunal, se da luego del estudio de una tutela, presentada por cuatro ciudadanas, contra la aplicación ‘CoronApp’, que era exigida para ingresar a diferentes lugares, en especial aeropuertos. Para quienes entablaron la denuncia, dicha acción vulneraban los derechos a la privacidad.
A partir de allí, la Corte a través de su Sala Tercera de Revisión, determinó que el reclamo tenía justificación puesto que, superada la crisis de bioseguridad, ya no era requerida la descarga de la aplicación para ser utilizada en espacios cerrados, particularmente en el transporte aéreo.
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Así mismo, la Sala estimó que el asunto debía ser estudiado para llamar la atención sobre la necesidad de asegurar la eficacia del derecho fundamental del ‘habeas data’, en el contexto de un estado de emergencia sanitaria o de cualquier otro tipo en el futuro. Por lo que funcionarios del Estado no pueden aprovechar su facultad de solicitar información a una persona, si está siente que serán utilizados por una entidad pública valiéndose de su poder informático.
El fallo de la Corte Constitucional dictaminó que tanto el Ministerio de Salud, el Instituto Nacional de Salud y la Corporación Agencia Nacional Digital, en un periodo de 15 días, supriman los datos personales suministrados por quienes interpusieron la acción de tutela.



