Corte ordena revisar demanda de reparación a una víctima de violencia sexual
Los hechos ocurrieron en un hospital público en Dosquebradas, Risaralda.

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El pronunciamiento de la corte se hizo luego de que a una mujer se le negara la admisión de una demanda de reparación directa por haber sido víctima de abuso sexual por parte de un medico general en el hospital de Dosquebradas, Risaralda, porque según un juez administrativo de Pereira al momento de la demanda, el caso había caducado.
Los hechos ocurrieron en julio de 2012, y en el curso del proceso penal, en primera instancia el médico fue absuelto, pero el Tribunal Superior de Pereira lo condenó después, y la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia tumbó la demanda de última instancia, y la decisión debía hacerse efectiva en noviembre del 2017.
Tiempo después, la víctima interpuso una demanda de reparación directa contra el departamento de Risaralda y el hospital por los daños causados, pero un juez administrativo de Pereira la rechazó argumentando que el caso había caducado.
“En este caso, para determinar la responsabilidad administrativa era necesario que penalmente se hubiese condenado a la persona, por lo que no se podía hacer una interpretación puntual de la norma que habla de dos años para decretar la caducidad, contados desde el momento en que ocurrieron los hechos”, puntualizó la Corte.
Sin embargo, el Alto Tribunal recordó que la Constitución otorga una especial protección a las mujeres, especialmente a aquellas que han sido víctimas de violencia sexual, y le dio 20 días al juez administrativo de Pereira para que se pronuncie nuevamente sobre la admisión de la demanda presentada.




