Justicia

Demandan a los magistrados a favor de la despenalización del aborto

El aspirante a la cámara David Cote, demanda por presunto exceso en el ejercicio de sus funciones.

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Imagen de referencia / Colpensa

El candidato al Congreso por la coalición Colombia Justa Libres y Mira, David Gerardo Cote, denunció ante la comisión de acusaciones de la Cámara de Representantes a los magistrados de la Corte Constitucional que votaron a favor de despenalizar el aborto hasta la semana 24 de gestación.

En entrevista con Caracol Radio, Cote había manifestado que no estaba de acuerdo con esa práctica porque, según él, esa decisión debe ser tomada por el Congreso de la República y no por el alto tribunal.

“Yo hago un llamado a la Corte Constitucional, que respete las competencias que la Constitución le otorgó y que permita que el Congreso de la República, que es el verdadero competente para definir el tema, se pronuncie sobre la materia”, afirmó Cote. 

La demanda contra los magistrados, Alberto Rojas Ríos, Antonio José Lizarazo, José Fernando Reyes, Diana Fajardo, y el conjuez Julio Andrés Ossa, se hizo por los presuntos delitos de prevaricato por acción y abuso de autoridad por acto arbitrario o injusto al proferir sentencia contraria a la Constitución Política de Colombia y por el exceso en el ejercicio de sus funciones. 

Según Cote, los magistrados violaron el artículo 11 de la Constitución al expedir la sentencia que despenalizó el aborto. Dicho artículo, dice que el derecho a la vida es inviolable y según el artículo 121: “ninguna autoridad del Estado podrá ejercer funciones distintas de las que le atribuyen la Constitución y la ley”. 

Ahora, el político considera que al expedir la sentencia que despenaliza el aborto hasta la semana 24, que mantiene las tres causales que ya estaban establecidas, la Corte "viola la Constitución Política y los tratados internacionales que defienden el derecho a la vida desde su concepción".

Además, señaló el aspirante a la Cámara que la despenalización del aborto ya había sido establecida por medio de la sentencia C-355 de 2006 y que la Corte Constitucional ya se había pronunciado al respecto más de 20 veces. 

Por eso, Cote argumenta su denuncia en el artículo 243 de la Carta Magna, que establece que “los fallos que la Corte dicte en ejercicio del control jurisdiccional hacen tránsito a cosa juzgada constitucional”, por lo que no deberían ser sentenciados dos veces.

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