Justicia

Fraudes

Ratifican condena a notario que plagió tesis para ascender en su carrera

Debe pagar una condena de seis años y medio por fraude procesal y obtención de documento público falso.

Imagen de referencia.

Imagen de referencia.(Colprensa: Archivo.)

En 2006, el notario Andrés Alfonso Sánchez, del municipio de Córdoba (Bolívar) hizo pasar como suya una tesis de grado con la que dos estudiantes obtuvieron su título de abogados en 1993 en la Universidad Simón Bolívar de Barranquilla.

De acuerdo al material probatorio, le cambió el título, borró unos párrafos, fotos y colocó su nombre a la obra: “Medidas y reglamentos laborales que han incidido en el menor trabajador”.

Presentó el documento, por medio de su abogado, a la Oficina de Registro de la Dirección Nacional de Derechos de Autor, en donde le dieron los cinco puntos que necesitaba para ser elegido como notario en propiedad y ascender en su carrera profesional.

En primera y segunda instancia, el ahora exnotario fue condenado a 84 meses de prisión, a pagar una multa de 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes y a quedar inhabilitado para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo tiempo de la pena.

El caso llegó a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, que ratificó la condena y rechazó los argumentos del exnotario Sánchez.

Uno de estos era que, en su proceso penal, se debió haber contado con el concepto del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina sobre la originalidad de la obra que había imitado, sin embargo, la Corte recordó que no es obligación de los jueces, porque es una solicitud voluntaria.

Ahora, Sánchez aseguró que no hizo ningún plagio porque, en su concepto, el documento no tenía las condiciones de originalidad que le dieran carácter de obra intelectual, digna de protección penal y de derechos de autor.

De hecho, se defendió al asegurar que la obra era una “compilación de normas sobre el trabajo de los menores de edad”, que carecía de un sello personal.

La Corte Suprema de Justicia negó ese argumento al indicar que no era simplemente una “reproducción de normas”, sino una obra literaria porque implicó el esfuerzo creativo de dos estudiantes de derecho en Barranquilla, lo que dio a su tesis un sello de originalidad que no podía ser violado.

El alto tribunal recordó que los derechos de autor no solo protegen las ideas, por más brillantes y nuevas que sean, sino también su forma de expresión. Por eso ratificó la condena de seis años y medio, dada en primera y segunda instancia, al exnotario por fraude procesal y obtención de documento público falso.

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