OEI debe indemnizar a empleada contratada por prestación de servicios
La Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura debe indemnizar a mujer por orden de la Corte Suprema
La Corte Suprema de Justicia le ordenó a la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura indemnizar a una mujer que durante 6 años fue contratada por prestación de servicios, pero con quien en realidad se tuvo una relación laboral subordinada.
Magda Julieth Rojas Malagón demandó a la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura – OEI -, con el fin de que se declarara que estuvo vinculada con esa institución por medio de un contrato de trabajo desde el 11 de noviembre de 2004 hasta el 15 de julio de 2010.
En consecuencia, requirió el pago de salarios, prestaciones sociales, vacaciones compensadas, las sanciones moratorias de los artículos 65 del Código Sustantivo del Trabajo y 99 de la Ley 50 de 1990, indemnización por despido injusto.
Fundamentó sus peticiones en que la OEI es un organismo internacional con sede principal en Madrid – España, y que laboró para dicha entidad del 11 de noviembre de 2004 al 15 de julio de 2010, a través de contratos de prestación de servicios, para desempeñar el cargo de «Asesora de la Dirección de la Unidad de Proyectos», actividad que ejecutó en forma personal, exclusiva y a tiempo completo en las instalaciones.
Expuso que desarrolló sus actividades en el horario de lunes a jueves de 8:00 a.m. a 5:30 p.m., con una hora de almuerzo, y los viernes de 8:00 a.m. a 2:00 p.m.; fue beneficiaria de los préstamos que recibían los trabajadores de la entidad.
A partir de diciembre de 2009 asumió la Dirección de Proyectos y Coordinación de la Línea Misional de Cultura de la OEI Regional Colombia, lo que incrementó su jornada laboral y le generó deterioro en su estado de salud, y que el 15 de junio de 2010 se sometió a una cirugía delicada, razón por la que la incapacitaron por 2 semanas.
Aseguró que la OEI le comunicó que no continuaría como coordinadora de cultura y que sería reubicada en el cargo anterior como asesora de proyectos, con una remuneración inferior.
Por último, expresó que, mediante escrito de 8 de julio de 2010 dirigido al director regional de la OEI, informó sobre la presión ejercida para provocar su renuncia, y que, con escrito de 15 de julio de 2010, le dieron por terminado su contrato.
Magda demandó a la empresa, dentro de sus argumentos señaló que en su contrato de prestación de servicios, tenía un horario y la Corte Suprema de Justicia le ordenó a la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura indemnizarla.