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Justicia
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Corte dice que el Código Sustantivo del Trabajo discrimina a las mujeres

La Corte Constitucional declaró que no permite prohibir en el Código Sustantivo del Trabajo, las labores que puedan o no realizar las mujeres

El martillo del juez, uno de los símbolos para impartir justicia / Getty Images

El martillo del juez, uno de los símbolos para impartir justicia

La Corte Constitucional declaró el día de hoy, 24 de febrero 2021, que no permite prohibir en el Código Sustantivo del Trabajo, las labores que puedan o no realizar las mujeres.

Además, prohíbe dejar la discriminación sobre labores de mujeres o menores de edad en el código del trabajo, para la corte las mismas labores las pueden desempeñar tanto hombres y mujeres.

El alto tribunal declaró inexequible la expresión “las mujeres” del Código Sustantivo del Trabajo, por vulnerar los artículos de la igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres.

Después de una demanda que presentó un ciudadano contra uno de los puntos del Código Sustantivo del Trabajo: el numeral 13 del artículo 108 del Decreto ley 2663 de 1950, en donde señala qué deben contener las disposiciones normativas del reglamento del trabajo y saber cuáles son: “Las especificaciones de las labores que no deben ejecutar las mujeres y los menores de dieciséis (16) años”.

Además, en medio del estudio de demanda la Procuraduría General de la Nación envió un concepto a favor de la demanda con el fin de modificar el artículo.

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