Corte condenó al Fondo Nacional del Ahorro a pagar prestaciones a empleado
Para la Corte Suprema de Justicia, el FNA utilizó este servicio para reducir costos laborales y ocultar la relación continúa de un trabajador.
Un trabajador demandó al Fondo Nacional del Ahorro para que se le reconociera como trabajador a término indefinido, y que se le confiera estabilidad laboral reforzada por su pérdida de capacidad laboral, solicitando que se ordenara el reintegro a la compañía en su cargo de técnico administrativo y se condene al Fondo a pagarle los salarios y prestaciones que dejó de recibir entre la fecha de despido y reintegro.
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El Fondo demandado apeló y ganó ante el tribunal superior del distrito judicial de Medellín; sin embargo, el caso llegó a la Corte Suprema de Justicia que resolvió condenar al Fondo Nacional del Ahorro y a las empresas de servicio temporales codemandadas a pagarle al demandante la suma desde 2015 y no casar la decisión del tribunal de Medellín. Bajo el argumento que se instrumentalizó el servicio de las empresas temporales para reducir los gastos de la empresa pública.
Para la Corte Suprema de Justicia el Fondo Nacional del Ahorro instrumentalizó el servicio de las empresas temporales para ocultar la relación continúa de un trabajador. Esto con el fin de reducir costos laborales.