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Todo lo que necesita saber sobre el aislamiento selectivo en Colombia

Siguen prohibidas todas las aglomeraciones, eventos y el consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos de comercio

Ya está listo el decreto que regula el aislamiento selectivo en Colombia a partir del primero de septiembre, y que establece el distanciamiento individual responsable como la medida más importante para mitigar el impacto del COVID-19.

De acuerdo con la norma todas las personas que estén en el territorio nacional están obligadas a cumplir con los protocolos de bioseguridad de comportamiento del ciudadano en el espacio público para la disminución de la propagación de la pandemia, y no estarán permitidos:

1. Eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas, de conformidad con las disposiciones y protocolos que expida el Ministerio de Salud.

2. Los bares, discotecas y lugares de baile.

3. El consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos de comercio. No queda prohibido el expendio de bebidas embriagantes.

Según el documento, en los municipios de alta afectación no podrán llevarse a cabo cuarentenas totales, pero los alcaldes, con la debida autorización del Ministerio del Interior y previo concepto del Ministerio de Salud, podrán restringir las actividades, áreas, zonas y hogares que consideren pertinentes.

Aunque estarán cerradas las fronteras con Panamá, Ecuador, Perú y de Brasil, se habilita la salida de ciudadanos extranjeros de manera coordinada por Migración Colombia y las autoridades municipales.

El decreto advierte que cuando un municipio presente un aumento de casos, el Ministerio de Salud y del Interior deberán generar un informe que contenga la descripción de la situación epidemiológica del municipio y se ordenará el cierre de las actividades o casos respectivos por parte del Ministerio del Interior a la entidad territorial.