Molestia en el sector salud por valores máximos de servicios en UCI
El Ministerio de Salud estableció las tarifas que deberán pagar las EPS a las clínicas y hospitales que atiendan pacientes COVID-19.
Luego de que el Ministerio de Salud, a través de la resolución 914 determinará los valores que deben pagar las EPS a las IPS que atiendan en Unidades de Cuidado Intermedio e Intensivo a pacientes con COVID-19. La Asociación Colombiana de Hospitales y Clínicas manifestó que ese normativa debe ser replanteada, pues consideran que el establecer tarifas máximas en esos servicios va aumentar la conflictividad al interior del sector.
"Le estamos solicitando al Gobierno Nacional que replantee los valores que están estableciendo en la resolución, ya que no van a ser capaces de cubrir todos los gastos en los cuales incurren las instituciones reales para atender en UCI reales a pacientes con COVID-19", señaló Juan Carlos Giraldo director de la ACHC.
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En la normativa de la cartera de salud determina que:
Servicios | Días estimados | Valor total | Valor día |
Atención ámbito unidad intermedio pediátrico | 10 | $ 16.455.676 | $1.778.992 |
Atención ámbito UCI pediátrico | 14 | $ 28.090.140 | $2.160.780 |
Atención ámbito UCI neonatal | 14 | $ 35.126.351 | $2.702.027 |
Atención ámbito unidad intermedio Adulto | 10 | $ 15.870.133 | $1.715.690 |
Atención ámbito UCI Adulto | 14 | $ 30.854.200 | $2.373.400 |
Estos valores regirán en los casos donde no haya un acuerdo previo entre la EPS y el prestador. El ministerio también dice que serán los Centros Regulador de Urgencias y Emergencias de cada entidad territorial los encargados de ejercer el control sobre el uso eficiente de este tipo de servicios.
Sin embargo, el gremio de clínicas y hospitales, insistió en que no es razonable disminuir las tarifas pasados determinados días, teniendo en cuenta que este tipo de atenciones son intensas de principio a fin, y añaden que, no se puede incluir en estos valores los elementos de protección personal.