Fiscal advierte que todavía no se pueden enviar expedientes a la JEP
En una circular interna señala que solo se pasará información cuando la jurisdicción asuma competencia formalmente.

Fiscal Néstor Humberto Martínez(Colprensa/Archivo.)

Caracol Radio conoció un circular interna que emitió el fiscal General de la Nación, Néstor Humberto Martínez, informando a sus funcionarios que no se puede enviar expedientes a la JEP hasta que quede claro que ellos son los competentes para esos casos, debido a que deben seguir adelantando las investigaciones sobre el conflicto armado.
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“La Fiscalía General de la Nación continuará adelantando investigaciones relacionadas con el conflicto armado hasta que la JEP no asuma competencia. Por lo tanto, todos los expedientes deben mantenerse en la Fiscalía”, se lee.
Lo ordena teniendo en cuenta el artículo 79 de la Ley Estatutaria de la JEP, en el que se señala que este ente investigador es el encargado de seguir adelantando las investigaciones sobre los informes entregados por los órganos de control hasta que la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad anuncie que entregará el resolución de conclusiones al Tribunal para la Paz.
“La Fiscalía General de la Nación o el órgano investigador de cualquier otra jurisdicción que opere en Colombia, continuarán adelantando las investigaciones relativas a los informes mencionados en el literal b) hasta el día en que la Sala, una vez concluidas las etapas anteriormente previstas, anuncie públicamente que en tres meses presentará al Tribunal para la Paz su resolución de conclusiones, momento en el cual la Fiscalía o el órgano investigador de que se trate, deberán remitir a la Sala la totalidad de investigaciones que tenga sobre dichos hechos y conductas. En dicho momento en el cual la Fiscalía o el órgano investigador de que se trate perderá competencias para continuar investigando hechos o conductas competencia de la Jurisdicción Especial de Paz”, se lee.
Aclara, sin embargo, que cuando asuma la competencia se entregarán los expedientes “de manera coordinada y siguiendo mecanismos y lineamentos establecidos para tal efecto por el Despacho del Fiscal General de la Nación”. Y agrega: “a la fecha, los fiscales, asistentes de fiscal, y demás servidores no están facultados para enviar estos expedientes de manera unilateral”.
Ese mismo artículo citado por el Fiscal, es el que condiciona el artículo 38 de la Ley de Procedimiento de la JEP en el que se establece que, “Todas las jurisdicciones que operen en Colombia deberán remitir con destino a la Jurisdicción Especial para la Paz la totalidad de investigaciones que tengan sobre hechos y conductas de competencia de esta”.
La Corte Constitucional ha dejado claro, sin embargo, que esas investigaciones que siga adelantando la Fiscalía no podrán incluir “imputaciones, acusaciones, juicios e incluso actividades de investigación como interrogatorios”, para garantizar que los beneficiarios del Sistema puedan seguir respondiendo ante la Jurisdicción Especial.




