Padres pueden seguir visitando a sus hijos así vayan a ser adoptados
Cuando los menores se encuentran en situación de adoptabilidad, los padres solo pierden la patria potestad.
Colombia
La Corte Constitucional determinó que los padres biológicos de los menores de edad que están en situación de adoptabilidad pueden visitarlos.
Lo dice al revisar el caso de una menor de 17 años que está en un hogar sustituto y sus padres la visitan cada 15 días.
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El proceso llegó a la Corte porque la Defensora de Familia a cargo del caso, consideraba que con la declaratoria de adoptabilidad, que hizo el Juzgado Octavo de Familia de Bucaramanga, los padres perdían todos loa derechos y deberes frente a sus hijo.
Pero el alto tribunal dice lo contrario: “el único efecto de la declaratoria de adoptabilidad es la pérdida de la patria potestad, lo que significa que los padres de la menor no tendrán derecho sobre esta, concretamente, en lo relacionado con la representación legal, la administración y el usufructo de los bienes”, por lo tanto, las visitas pueden realizarse.
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Además, la menor había señalado que pese a los problemas que tuvieron, quería seguir manteniendo contacto con sus padres. Lo que dio paso a que resaltara el interés superior de los niños, niñas y adolescentes.
“Supone una protección especial dirigida a su adecuado desarrollo físico, psicológico y social, prerrogativa que debe ser analizada desde la realidad concreta del caso y de la situación de cada menor, evaluando las consideraciones fácticas y jurídicas que lo rodean”.
Recuerda la Corte que se debe escuchar la opinión de los menores.