Justicia

ICBF cuestiona fallo judicial sobre pornografía infantil

Contrario a lo que dijo la Corte Suprema, para el instituto fotos o vídeos de menores de edad en poses eróticas sí configuran este delito

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Archivos (Colprensa)

Después de conocerse el fallo de la Corte Suprema donde se plantea que “no se pueden criminalizar los desnudos y poses sugestivas que no tengan un contexto lascivo”, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar aseguró que los contenidos subidos a internet de poses eróticas en menores de edad sí es considerado como 'pornografía infantil'.

De acuerdo con la Ley 679 de 2009, de la mano con los criterios internacionales, se advierte que estás representaciones pornográficas en menores está dedicado a actividades sexuales explícitas donde evidencien las partes íntimas de los niños.

Para el ICBF, la pornografía infantil es la peor violencia contra los niños, niñas y adolescentes vulnerando sus derechos, exponiéndolos a riesgos como la “sextorsión”.

Por esta razón, el instituto adelanta campañas permanentes de prevención y sensibilización para padres de familia y de esta forma vigilen a sus hijos brindando acompañamiento, cuidado y control.

Además, hace un llamado para que denuncien los casos de explotación sexual infantil a través de la línea 141.

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