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Corte rechaza barreras administrativas de Icetex por errores humanos

Dos sentencias de la Corte Constitucional rechazan la falta de ayuda de Icetex a dos jóvenes estudiantes en casos de becas y créditos estudiantiles.

(Colprensa)

Colombia

Una joven que logró cumplir con los requisitos para la beca de Ser Pilo Paga se encontró con un gran problema por un error que cometió su colegio al momento de inscribirla para la prueba Saber Pro, pues escribió mal un número de su identificación.

Su familia y ella misma advirtieron del error, pero por costos de impresión y demás, no se subsanó de inmediato al momento de presentar la prueba de Estado.

Luego, antes de que se le aprobara la beca, se informó al Icetex sobre lo sucedido y la respuesta de la entidad fue que se solucionaría a nivel interno.

Sin embargo, al revisar el sistema para saber sobre la aprobación del beneficio educativo, se le informó que no había sido aprobado y la razón fue ese error en su documento.

Cuando la Corte falló, ya se había corregido el problema y se le otorgó la beca, sin embargo, el alto tribunal decidió pronunciarse para llamar la atención de Icetex y advertirle que esto no se puede repetir.

“Constató la Corte que las dilaciones injustificadas impusieron barreras administrativas que impidieron el acceso oportuno de la menor de edad a la educación superior (…) barrera administrativa que restringió y postergó injustificadamente el acceso a la educación”, se lee en la sentencia.

Y advierte, “que en las futuras versiones del programa “Ser Pilo Paga”, dicha entidad se abstenga de incurrir en actuaciones dilatorias e ineficientes respecto de las solicitudes que le sean presentadas por los aspirantes para la solución de problemas administrativos”.

Pero este no ha sido el único llamado reciente a esta entidad, en otro caso, un poco parecido, una joven perdió su crédito condenable especial para comunidades afrodescendientes porque al renovarlo, puso por error que entraba a cuarto semestre cuando era sexto semestre.

Nuevamente corregir la equivocación no fue posible, por el contrario, acudiendo a una regla que dice que quien mienta en los formularios podrá ser sancionado, Icetex le quitó el crédito. Lo anterior lo reprochó enfáticamente el alto tribunal: “Desconoció que se trataba de una persona de especial protección constitucional y que, para el caso en concreto, el error era subsanable y la medida resultaba desproporcionada y a su vez contraria a la finalidad de la convocatoria”.

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