Justicia

Muerte de Luis Carlos Galán es delito de lesa humanidad

Se determinó que los hechos que rodearon su asesinato deben ser investigados a totalidad.

Muerte de Luis Carlos Galán es delito de lesa humanidad

Muerte de Luis Carlos Galán es delito de lesa humanidad(Colprensa/Archivo)

La Sección Tercera del Consejo de Estado determinó que el asesinato de Luis Carlos Galán Sarmiento ocurrido en agosto de 1989 constituye un delito de lesa humanidad y, por ende, es imprescriptible.

El pronunciamiento lo hizo la Corporación Judicial al confirmar un fallo del Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, en el que se negó la solicitud de reparación a una persona que estuvo vinculada durante 14 años al proceso penal dentro de las investigaciones por la muerte de Luis Carlos Galán, y posteriormente fue absuelta.

Explicó el alto tribunal que aunque el accionante estuvo vinculado a un investigación penal por más de diez años, por homicidio y lesiones personales con fines terroristas y concierto para delinquir por el magnicidio de Luis Carlos Galán Sarmiento, no existe prueba de que se haya librado medida de aseguramiento, boleta de encarcelación, boleta de libertad o un equivalente que certifique que estuvo privado de la libertad.

Además, por ser delito de lesa humanidad, la autoridad no está obligada a actuar en lo que denominan “plazo razonable”, sino en lo que se requiere para adelantar adecuadamente la investigación.

"En la actuación criminal seguida por el homicidio de Galán Sarmiento el haber sido vinculado a un proceso que se prolongó por más de una década no implica, violación a la garantía constitucional al plazo razonable y el debido proceso, por cuanto las exigencias de la justicia en un acto calificado por la propia autoridad penal como constitutivo de un acto de lesa humanidad implican la prevalencia del deber de investigar y juzgar", señala la decisión.

Además negó la petición de ser indemnizado por la privación de su libertad entre el 9 de diciembre de 1996 y 14 de enero de 1997, debido a que le fue proferida medida de aseguramiento por el delito de uso de documento público falso, luego que se le asociara al atentado contra Luis Carlos Galán en Medellín el 4 de agosto de 1989, donde el político salió ileso.

Se determinó que el demandante salió del país y cuando intentó ingresar usó una identificación falsa, por lo que se le inició un nuevo proceso que concluyó en su captura temporal.

El siguiente artículo se está cargando

Caracol Radio
Directo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Ciudades

Elige una ciudad

Compartir

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad