Justicia

Menos de 20 plantas de marihuana no requerirán licencia de cultivo

El decreto es exigente en materia de seguridad y control de quienes recibirán las licencias.

Bogotá

Uno de los artículos del decreto que anunció el gobierno para legalizar la producción de marihuana con fines medicinales, permite el cultivo para uso personal. Menos de 20 plantas de marihuana no necesitan, con este decreto, licencias, ni autorizaciones, siempre y cuando no se utilicen para extraer los derivados con fines comerciales, se podrá utilizar como estupefaciente.

Para convertirse en productor de los derivados del cannabis será necesario obtener tres licencias: una de cultivo, que expide el Consejo Nacional de Estupefacientes, de fabricación y luego de exportación que entrega el Ministerio de Salud.

Otro grupo de exigencias que hace el gobierno en este decreto están destinadas a la seguridad y control, no solo del producto, sino de las personas que harán parte de esa cadena.

Obliga a que los productores a contratar una empresa de seguridad privada, todos los días, una auditoria para que revise inventarios, instalar circuito cerrado de televisión y detector de intrusos, además de una exigencia sin excepciones: que todos, funcionarios y visitantes tendrá que dejar los celulares fuera de las instalaciones donde se desarrollen los productos.

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