Cierran 9 establecimientos comerciales en Cartagena por irregularidades
Por encontrar un menor de edad, sobrepasar decibeles permitidos y por que no contaban con la documentación permitida.
Por no presentar la documentación requerida para el legal ejercicio de la actividad comercial y sobrepasar los decibeles permitidos, nueve establecimientos fueron sellados de manera preventiva por la Secretaría del Interior de Cartagena y El Establecimiento Público Ambiental (EPA)
El operativo de control fue adelantado en San Fernando, sector Simón Bolívar; Ciudadela 2000 y El Recreo, con apoyo del Dadis, Alcaldía Local 3, Cuerpo de Bomberos y Policía con varias de sus especialidades
"Cuatro establecimientos fueron sellados con suspensión de la actividad sonora por parte de El EPA e incautados los equipos de amplificación sonora y cinco más fueron cerrados por la Secretaría porque algunos no contaban con el documento de Bomberos, y no garantizaban la seguridad de las personas allí", precisó Roberto Barrios Martínez
En uno de los establecimientos intervenidos en El Recreo fue encontrado un menor de edad, quien fue conducido en una patrulla de la Policía de Infancia y Adolescencia a la Comisaria de Familia
"Es grave esta situación, como siempre hemos manifestado que no podemos tener menores de edad en los establecimientos de comercio. Este es un tema que da cierre inmediato del mismo y sanción por siete días por parte de la policía. Vamos a ser muy ejemplarizantes en la sanción que se le imponga a este establecimiento de comercio", recalcó Barrios
Así mismo, conminó a los propietarios de los establecimientos a ser más rigurosos con el ingreso de las personas a los mismos para que no se filtren menores de edad
Por otro lado, los dueños de los negocios sancionados por parte del EPA, deberán acercarse el próximo martes 11 de Mayo a las 9 de la mañana a las oficinas de la entidad, ubicadas en la calle Real de Manga para que asistan a una charla educativa
Además, deberán cancelar una multa equivalente a un Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV) para poder retirar el equipo de amplificación sonora
La Secretaría del Interior y Convivencia Ciudadana aclara que una vez abierto al público o creado el establecimiento de comercio, el propietario tiene un plazo de 30 días para expedir sólo el Registro Mercantil, los demás documentos no quedan cobijados por esta norma del código de comercio




