Citan a exalcalde de Toca, Boyacá, por irregularidades en contrato
La audiencia se realizará este miércoles en la Procuraduría Provincial de Tunja.
Este 11 de febrero a las 9 de la mañana en la Procuraduría Provincial de Tunja, se realizará la audiencia en contra del exalcalde de Toca, Boyacá, Luis Gilberto Alba Espitia y de su exsecretaria de Planeación, por presuntas irregularidades en materia contractual
Según el Ministerio Público: “para que respondan por posibles irregularidades en materia contractual, la Procuraduría General de la Nación citó a audiencia pública a los señores Luis Gilberto Alba Espitia, en su calidad de alcalde de Toca, Boyacá; y Dilsa Yuraima Pulido Rolón, en su condición de secretaria de Planeación del mismo municipio para la época de los hechos”
Según el informe allegado a la Procuraduría, por la Contraloría Departamental de Boyacá y analizado por la Procuraduría Provincial de Tunja, el exmandatario Alba Espitia suscribió el Contrato N° 176 de 2010, cuyo objeto fue la prestación del servicio de desplazamiento, hospedaje y alimentación para 31 personas a la capacitación “Herramientas de Competitividad en la Administración Pública” a realizarse en la ciudad de Cartagena del 17 al 20 de septiembre del mismo año, por un valor de 39 millones de pesos, al parecer sin tener en cuenta que los estudios previos elaborados para el efecto carecían de la justificación seria de la necesidad de la contratación y del análisis de los fundamentos que soportaran el valor estimado del contrato, aspecto de vital importancia para proceder a su suscripción, con lo que posiblemente se dio lugar a la celebración de un contrato innecesario
A la exsecretaria de Planeación se le reprocha la posible omisión en el ejercicio de sus funciones al no elaborar correctamente el documento de estudios previos, ni realizar de manera seria tanto la justificación de la necesidad del proceso contractual, como el análisis de los fundamentos que soportaron el valor estimado del mencionado contrato
Finalmente dieron a conocer que en ambos casos las posibles faltas fueron calificadas provisionalmente como gravísimas, cometidas a título de dolo.




