Mediante una escritura, Bustamante pretende oficializar curul en la cámara
Bustamante utilizó el artículo 269 de la ley 4 de 1913, que según ella permite posesionarse ante 2 testigos
Caracol Radio conoció la escritura que llevó María del Socorro Bustamante a la notaría séptima de Cartagena para protocolización, y con la que espera el Consejo Nacional Electoral y la Cámara de Representantes la reconozcan como representante por las comunidades afro. En el texto, al que llaman "Acta de psosesión", se describe el por qué es legal posesionarse de esa forma
Según dice, el acta se suscribe frente a dos testigos, Henry Martín Guizamano Vivas y María Evertilda Godoy Daut, y se asegura que por medio de ella se toma posesión del cargo 'Representante a la cámara por la circunscripción especial de afro descendientes (...) de conformidad con el artículo 17 de la ley 5 de 1992 en armonía con el artículo 269 de la ley 4 de 1913'
Acto seguido en el documento se expresa que las tres demandas admitidas que tiene el acto de elección de María del Socorro Bustamante, dejaron sin piso la solicitud de medida cautelar de suspender la resolución 2528 del 9 de julio de 2014, por medio de la cual se delcaró elegida a Bustamante por la lista de Fundación Ébano de Colombia -FUNECO-, por lo que según se consigna en el acta, debería posesionarse cuanto antes a Bustamante
Igualmente hace un repaso de los diversos mecanismos que ha empleado Bustamante para que el presidente de la cámara Jaime Amín Saleme la posesione, y añade que "el doctor Saleme se ha mostrado renuente a posesionar a la doctora Bustamante". Acto seguido transcriben el juramento de la doctora como representante a la cámara
Adjuntan a dicho documento, "la credencial expedida por el CNE que acredita a Bustamante como representante a la cámara", los autos admisorios de demandas en el consejo de estado donde se niega la medida de suspender la resolución del CNE, y requerimientos que han sido dirigidos al presidente de la Cámara de Representantes
Este documento fue protocolizado en la notaría séptima de Cartagena por la notaria Margarita Jiménez Nájera, y una copia de él reposa en el Consejo de Estado y la Cámara de Representantes quienes definirán si es o no un documento válido para otorgarle la curul a María del Socorro Bustamante.




