Ciudadanos están en libertad de consumir sustancias prohibidas: Minjusticia
En entrevista el ministro Yesid Reyes asegura que cada quien puede decidir cómo terminar con su vida.


“Cada persona es libre de consumir tabaco, alcohol, marihuana, no hacer deporte y hasta en un extremo, quitarse la vida”, con esta posición el ministro de Justicia Yesid Reyes, va más allá de la discusión de la dosis personal o el manejo terapéutico de la marihuana tan de moda por los pasillos del congreso
El ministro en entrevista con Caracol Radio, aseguró que el derecho penal nada tiene que hacer en la discusión sobre el consumo de drogas, insiste que cada quien es libre de manejar su vida como prefiera, así incluya el consumo de sustancias prohibidas
“El Estado no puede perseguir al consumidor. Puede ayudar con campañas de prevención sobre los perjuicios del consumo de drogas como se hace con el alcohol o el tabaco, pero en ningún caso puede obligar a los ciudadanos a no consumir, es una decisión personal”
El ministro insiste que prohibir o penalizar el consumo de drogas es tanto como prohibir el consumo de comidas grasas, que también pueden llevar a la muerte, asegura que el Estado tiene la obligación de orientar a los ciudadanos sobre el daño que provoca el consumo de drogas, el alcohol y hasta la importancia de hacer deporte, pero no puede obligarlos a vivir sanamente
“Si yo puedo quitarme la vida con veneno o me la puedo quitar con alcohol cigarrillo o sustancias prohibidas, esa es una decisión que hace parte de mi autonomía”
Dijo que el suicidio no es un delito y los ciudadanos conociendo que el consumo de drogas, como de alcohol o tabaco, ocasiona la muerte, no pueden ser objeto de persecución penal
Proyecto para eliminar la prisión antes de una condena En la entrevista el ministro también explicó cuáles fueron los argumentos para proponerle al Congreso la eliminación de la detención preventiva, mientras no exista una condena ordenada por un juez
“Son 18.000 las demandas que cursan contra el Estado por detenciones ilegales, miles millones de pesos que tendrán que pagar como consecuencias de errores judiciales”, ese, en criterio del ministro es el principal argumento para regular las detenciones preventivas en los procesos penales
Reyes dijo que en la actualidad el Código de Procedimiento Penal contempla 11 posibilidades diferentes de medida de aseguramiento, pero los fiscales y jueces utilizan solo una, la detención preventiva en centro carcelario
Aseguró que hay otras formas como la suspensión del pasaporte, la obligación de comparecer ante un juez periódicamente, restringir la movilidad en el país, la detención domiciliaria y el control electrónico, que pueden ser utilizados para asegurar la comparecencia de un implicado ante un juez
“Las penas deben aplicarse a personas derrotadas en todas las instancias de un juicio, todos son inocentes y en el proceso penal es donde se debe demostrar los contrario”
Aseguró que sólo en los casos donde se observe reincidencia es que debe aplicarse la detención preventiva.




