Guerrilleros con delitos de lesa humanidad no podrán hacer política: Corte
Por seis votos contra tres la Corte Constitucional avaló el proyecto de fallo sobre el Marco Jurídico para la Paz.

Guerrilleros con delitos de lesa humanidad no podrán hacer política: Corte
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Por seis votos a favor la Corte Constitucional dejó en firme la prohibición constitucional para que guerrilleros comprometidos con delitos de lesa humanidad y genocidios cometidos de manera sistemática puedan participar en política. 
Esto significaría que ningún cabecilla de las farc, especialmente los miembros del secretariado, con condenas por estos delitos, podrán aspirar a cargos de elección popular
Sin embargo, deja abierta la puerta para que los guerrilleros condenado por delitos políticos si puedan aspirar a ser elegidos.
Para los magistrados que votaron a favor de la ponencia de la magistrada Martha Sáchica, quien defendía la constitucionalidad del artículo 67 transitorio del Marco Jurídico para la Paz, no existen argumentos para fijar parámetros interpretativos a la norma
El artículo 67 transitorio establece que “una Ley estatutaria regulará cuáles serán los delitos considerados conexos al delito político para efectos de la posibilidad de participar en política. No podrán ser considerados conexos al delito político los delitos que adquieran la connotación de crímenes de lesa humanidad y genocidio cometidos de manera sistemática, y en consecuencia no podrán participar en política ni ser elegidos quienes hayan sido condenados y seleccionados por estos delitos”
De la decisión se apartaron los magistrados Gabriel Eduardo Mendoza, Jorge Iván Palacio y la recién elegida Gloria Ortiz. Según Mendoza, la demanda tenía errores en su presentación por lo que la corte debió rechazar la petición. Para Palacio y Ortiz no debe haber restricción para permitir la participación en política a quienes hagan parte de un acuerdo de paz”.
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