Sólo con tratados se podrán modificar límites en Colombia: Corte
El fallo de La Haya que le quitó territorio marítimo a Colombia sólo se aplicará hasta que haya un tratado.

Sólo con tratados se podrán modificar límites en Colombia: Corte
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La Sala Plena de la Corte Constitucional falló este viernes la demanda que le presidente de la República, Juan Manuel Santos, radicó contra la Ley 37 de 1961, por medio del cual se aprobó el Tratado Americano de Soluciones Pacíficas o “Pacto de Bogotá"
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Al ser parte de dicho Pacto, Colombia aceptó ser cobijado de la jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia de La Haya
Entre tanto, el alto tribunal determinó declarar exequible la norma, sin embargo la condicionó advirtiendo que los límites del país solo podrán ser modificados a través de tratados
Con esto queda entonces establecido que Colombia solo podrá acatar el fallo de La Haya que le quitó importante territorio marítimo frente a Nicaragua cuando se tramite un tratado
Cabe señalar que dentro de este trámite el Procurador General de la Nación, Alejandro Ordóñez, había solicitado declarar exequible condicionado dicha norma bajo el argumento de que los tratados internacionales y las leyes que los aprueban no son susceptibles de la acción de inconstitucionalidad, toda vez que la Carta Política prevé para estos un control previo, automático e integral, y que la Corte Constitucional tampoco tiene competencia para pronunciarse sobre tratados internacionales ya perfeccionados o sobre leyes aprobatorias de tratados internacionales que ya han sido denunciados, en razón a que ese control carecería de objeto o de efecto alguno.




