No hay irregularidades en fecha de revocatorio en caso Petro: juez
Según el Juzgado 34 administrativo de Bogotá, la Registraduría tiene las facultadas para haber hecho dicha modificación.


El Juzgado 34 administrativo de Bogotá, al fallar una tutela de un ciudadano en donde aseguraba que la Registraduría había violado la ley al cambiar la fecha de la revocatoria del alcalde Gustavo Petro, señaló que el ente electoral cuenta con las facultadas para haber hecho dicha modificación
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En la tutela el ciudadano pretendía que la Registraduría fijara nuevamente como fecha para la realización de la revocatoria el 2 de marzo y no el 6 como finalmente quedó determinado. “No se han vulnerado los derechos políticos del accionante puesto que la decisión tomada por la Registraduría no ha anulado ni suspendido la votación por consulta popular con fines de revocatoria del mandato del alcalde Mayor de Bogotá Gustavo Petro”, señaló el juzgado.




