Gobierno define requisitos para acceder a pensión familiar
Quedó establecido un decreto el cual contiene los requisitos para la obtención de la pensión familiar.


A partir de la fecha los esposos o compañeros permanentes podrán solicitar el reconocimiento de la pensión familiar por la suma de esfuerzos o cotización de aportes al Sistema General de Pensiones
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Según el Ministerio del Trabajo, quedó establecido un decreto el cual contiene los requisitos para la obtención de la pensión familiar en el Régimen de Prima Media con prestación definida, que administra Colpensiones y el Régimen de Ahorro Individual con solidaridad, de las administradoras de Fondos de Pensiones
El reconocimiento de la pensión familiar se adquiere a partir de la fecha de solicitud de este derecho, siempre y cuando se cumplan los requisitos que estableció el decreto
Para que las personas que busquen tener el reconocimiento de la pensión familiar en el régimen de prima media, cada cónyuge o compañero permanente deberá estar afiliado al momento de solicitarla, haber cumplido con los requisitos para adquirir el derecho a la indemnización sustitutiva y sumar entre los dos como mínimo el número de semanas exigidas de la pensión de vejez conforme a los establecido en la Ley 100
También deberá haber cotizado al cumplir los 45 años de edad el 25% de las semanas requeridas para acceder a una pensiónde vejez, teniendo en cuenta el año de cumplimiento de la edad
Por ejemplo 45 años en el 2004 o años anteriores, las semanas requeridas de cotización son 250
Así mismo se deberán acreditar mediante registro civil o declaración ante notario, más de 5 años de relación conyugal o convivencia permanente , los que debieron haber iniciado, antes de haber cumplido los 55 años de edad cada uno y estar clasificados en los niveles 1 y 2 del Sisben al momento de cumplir la edad de pensión
Pero para el caso del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad las exigencias por cada uno de los cónyuges o compañeros permanentes son: Estar afiliados a este régimen. Cumplir con los requisitos para adquirir el derecho a la devolución de saldos, sumar entre los dos un capital necesario para tener ese derecho y acreditar más de 5 años de relación
Los aspirantes a pensión familiar que se encuentren afiliados a diferentes Administradoras de fondos de pensiones, deberán solicitar el saldo existente en sus cuentas individuales, el valor de los bonos pensiónales y capitalizados en el Sistema General de Pensiones, serán los cónyuges o compañeros los que determinen la administradora titular
Cabe señalar que la pensión familiar será una sola pensión, en caso de fallecimiento de uno de los cónyuges o compañeros beneficiarios de la pensión, la porción del 50% acrecentará la del superviviente; y en caso de separación, la pensión familiar acabará.




