Internacional

La CIJ no ha recibido recursos de Colombia al fallo en litigio con Nicaragua

En caso de que un Estado presente una solicitud para revisar o interpretar un fallo ya dictado y definitivo, la Corte abre un nuevo proceso.

La CIJ no ha recibido recursos de Colombia al fallo en litigio con Nicaragua

La CIJ no ha recibido recursos de Colombia al fallo en litigio con Nicaragua

01:03

Compartir

El código iframe se ha copiado en el portapapeles

<iframe src="https://caracol.com.co/embed/audio/509/1968443/" width="100%" height="360" frameborder="0" allowfullscreen></iframe>

La Corte Internacional de Justicia (CIJ) no ha recibido hasta ahora ningún recurso por parte de Colombia al fallo con el que ese organismo judicial de la ONU le otorgó a Nicaragua derechos económicos sobre 75.000 kilómetros cuadrados en el mar Caribe, indicaron fuentes de ese tribunal

Más información

Asimismo explicaron que en el caso de que un Estado presente una solicitud para revisar o interpretar un fallo ya dictado y definitivo, la Corte abre un nuevo caso con ese recurso, lo cual "se comunica casi inmediatamente" a través de su servicio de prensa

La CIJ redefinió el pasado noviembre de 2012 los límites marítimos entre Colombia y Nicaragua, en una decisión que otorgó a Nicaragua una inmensa porción del mar Caribe

También confirmó la soberanía de Colombia sobre siete cayos, dos de ellos enclavados, que hacen parte del archipiélago de San Andrés y Providencia, que es colombiano

Desde que se anunció el fallo de la Corte, el Gobierno colombiano estudia los pasos a seguir en los tribunales y contrató a cuatro equipos de abogados especialistas en derecho internacional para ver cuál camino seguir

Según los estatutos de la CIJ, los fallos dictados por los jueces son vinculantes e inapelables, pero las partes tienen la posibilidad teórica de solicitar una revisión o una interpretación de los mismos

Hasta el momento, la CIJ no ha aceptado ninguna de las cinco solicitudes de revisión de fallos, la primera de las cuales data de 1950 y fue precisamente solicitada por Colombia, según los archivos de la corte

El artículo 61 de los estatutos de la CIJ indica que para que sea aceptada una petición de revisión de un fallo tiene que darse la circunstancia de que haya "elementos desconocidos para la corte" en el momento de dictarse la decisión

Además, el Estado demandante tiene que presentar el recurso "en el plazo de seis meses desde el momento en que se descubra el elemento novedoso" y nunca más tarde de "10 años" tras el pronunciamiento del fallo, según los estatutos de ese tribunal

La explicación de una decisión última de la corte puede solicitarse cuando los dos Estados en conflicto difieren en la interpretación del fallo, por lo que solicitan a los jueces que precisen el significado del mismo

El presidente de Nicaragua, Daniel Ortega, propuso el martes a Colombia abrir un diálogo que conduzca a la redacción de un "tratado" bilateral que permita implementar el fallo de la corte

Por su parte, el presidente Juan Manuel Santos consideró un día antes que el fallo de la CIJ era "inaplicable"

Santos presentó el lunes una "estrategia integral" de cuatro pasos que parte de la determinación de que el fallo sobre los límites es "inaplicable" si no los establece un tratado, y decreta una Zona Contigua Integral entre el archipiélago y la costa continental colombiana para definir su zona de jurisdicción.

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen directo

Caracol Radio
Directo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Ciudades

Elige una ciudad

Compartir

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad