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Condenan al Ejército a pagar más de 1.400 millones por muerte de jóvenes campesinos

Se demostró que los jóvenes se dedicaban a labores agrícolas y, por su trabajo, transitaban por la zona en que fueron ultimados.

El Consejo de Estado condenó a la Nación a pagar más de 1.455 millones de pesos a los familiares de tres jóvenes campesinos que fueron presentados como caídos en un enfrentamiento armado con un grupo armado ilegal en el municipio de Cajibío (Cauca) en abril de 1992

Según la Sección Tercera, con ponencia del magistrado Hernán Andrade Rincón, se demostró que los jóvenes eran personas del lugar que se dedicaban a labores agrícolas y, por su trabajo, transitaban por la zona

Sin embargo, en primera instancia, el Tribunal Administrativo de Descongestión de Cali había negado la indemnización por considerar que los jóvenes actuaron imprudentemente, porque, “aunque conocían de los combates que se producían en el lugar, siguieron transitando por la vía”. Su comportamiento fue calificado como irresponsable, por lo que no podían pretender un provecho económico con cargo a la Nación

Por su parte, la Corporación señaló que no compartió dicho razonamiento, pues a pesar de que la conducta de los jóvenes no fue la más cuidadosa, su comportamiento no justificaba que fueran dados de baja. Además, se demostró que estos no portaban armas que presumieran un peligro para los soldados de la zona ni actuaron de manera irregular

Según los testimonios de las personas del lugar, las víctimas eran conocidas como recolectores de café. Por su parte, las pruebas de balística demostraron que uno de ellos fue muerto con un disparo a corta distancia, lo que desvirtúa el argumento de los miembros de la Fuerza Pública según el cual fueron muertos en un enfrentamiento

Finalmente, la Sala señala que el comportamiento del Ejército para el levantamiento de los cuerpos y la pureza de la escena del delito no se ajustaron a lo establecido por la ley, pues el levantamiento de los cadáveres se hizo en la morgue del Instituto de Medicina Legal y no en el lugar donde fueron dados de baja. Por tal razón, no se pudo contar con los elementos probatorios idóneos que señalaran las circunstancias en las cuales fueron encontrados

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