Justicia

Créditos adquiridos antes de 2012 podrán ser pagados anticipadamente sin sanciones

Salvó el voto del magistrado Luis Guillermo Guerrero al considerar que la demanda no reunía los requisitos mínimos para una decisión, por lo que la Corte ha debido inhibirse

Créditos adquiridos antes de 2012 podrán ser pagados anticipadamente sin sanciones

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La determinación la tomó la Sala Plena de la Corte Constitucional al fallar que los colombianos que hayan adquirido créditos antes del año 2012, podrán pagar su deuda anticipadamente sin ningún tipo de penalización. El alto tribunal explicó que el artículo 1º de la Ley 1555 del 09 de julio de 2012 que había dispuesto la posibilidad de pagar anticipadamente los créditos sin ser objeto de sanciones solo a quienes adquirieran créditos a partir de la entrada en vigencia de la ley, es decir del 09 de julio del 2012, violaba el principio de igualdad

"Esta ley, desconoce el principio de igualdad al sacrificar la posibilidad de pago anticipado sin sanción para los deudores de créditos contraídos con antelación a esa fecha", indica el fallo

Salvó el voto del magistrado Luis Guillermo Guerrero Pérez al considerar que la demanda no reunía los requisitos mínimos para una decisión de fondo, por lo que la Corte ha debido inhibirse.

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