Expresión “comunidades negras” no es discriminatoria: Corte Constitucional
El alto tribunal explica que no se puede considerar discriminatoria pues está contenida en el artículo 55 transitorio de la Constitución.


Para el alto tribunal tal expresión se emplea para generar a su favor medidas de reconocimiento, integración y protección
De acuerdo con la corporación judicial, el término ha sido apropiado por organizaciones y movimientos, como un concepto que los identifica étnica y culturalmente, con la intención de reivindicar sus derechos




