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Ordenan a la Policía de Manizales revocar 2.400 comparendos por exceso de velocidad

El abogado demandante indicó que el proceso judicial buscó que se reconociera que los limites de exceso de velocidad se aplican a partir de 120 kilómetros por hora.

El fallo de una acción popular de un juez de Manizales ordenó a la Policía Nacional y a la Secretaría de Transito municipal no hacer efectivo el cobro de 2.400 comparendos aplicados a conductores en los últimos años por supuesto exceso de velocidad

El abogado demandante, Jerónimo Arias, indicó que el proceso judicial buscó que se reconociera que los limites de exceso de velocidad se aplican a partir de 120 kilómetros por hora ya que los uniformados de la Policía de Transito regional los fijaron desde los 90 kilómetros, situación que fue confirmada por las autoridades judiciales

El profesional del derecho indicó que la regulación de las normas de tránsito obliga a las autoridades locales y seccionales a determinar cual es el kilometraje que debe regir para definir esas velocidades de acuerdo con las condiciones topográficas, geográficas y de infraestructura, acción que no se adelanto

En la providencia el juez ordena publicar en un medio de amplia circulación los nombres de los conductores favorecidos, devolver los recursos que hubiesen pagado y fijar los parámetros de velocidad para las carreteras de esta región. Al cumplirse los términos para la apelación y no conocerse recurso en ese sentido la providencia del juez administrativo queda en firme y es de estricto e inmediato cumplimiento

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