El seis de septiembre vence el plazo para declarar y pagar el Impuesto sobre la Renta
La presentación de las declaraciones se deben hacer en los bancos autorizados tanto en servicio ordinario o extensivo si la entidad tiene ese servicio.
La Dirección de Impuestos y Adunas Nacionales, Dian, recordó que las personas naturales deben presentar y pagar el Impuesto sobre la Renta, teniendo en cuenta los últimos dos dígitos de su cédula, hasta el 6 septiembre del presente año
El Subdirector de Gestión de Asistencia al Cliente de la Dian, Juan Orlando Castañeda, dijo a Caracol Radio, que el pago para las personas que se encuentran residenciadas en el el exterior lo deben de realizar entre el 11 y el 25 de octubre y la declaración a partír del 8 al 21 de septiembre
El funcionario señaló que la presentación de las declaraciones se deben hacer en los bancos autorizados tanto en servicio ordinario o extensivo si la entidad tiene ese servicio
Explicó que para facilitar y agilizar el cumplimiento voluntario de este impuesto, la Dian dispuso de su portal de Internet. www.dian.gov.co, el programa tutoría de "ayuda a renta", para elaborar el borrador de sus declaraciones
Estas herramientas se pueden descargar en el computador y permite al usuario diligenciar paso a paso la declaración
" Quienes no esten obligados a declarar en forma electrónica y no utilizan los servicios Informáticos Electrónicos de la Dian, deberán adquirir un formulario en un punto autorizado para la venta de formularios litográficos, diligenciarlo, firmarlo, presentarlo ante la entidad financiera y efectuar el pago del impuesto a cargo con las sanciones cuando haya lugar", sostuvo Castañeda
El Subdirector de Gestión de Asistencia al Cliente de la Dian, Juan Orlando Castañeda, expresó que el impuesto lo debe pagar la persona que haya obtenido unos ingresos que estén sujetos al gravamen
Aclaró, que el hecho de presentar la declaración de renta no significa que tengan que pagar el tributo. Únicamente están obligados las personas que no hayan sido excluidas previamente. Es decir aquellos asalariados que tienen ingresos inferiores a 100 millones 13 mil pesos, los profesionales independientes que hayan obtenido ingresos a 81 millones 32 mil pesos y las personas que son de pequeños ingresos que están alrededor de 34 millones 377 mil pesos de ingresos
Además las personas que no sean responsables del régimen común, que no sean importadores y exportadores y que no tengan un patrimonio superior a 110 millones de pesos o hayan realizado compras con tarjetas de crédito superiores a 68 millones de pesos. El funcionario recordó que para la presentación de esta obligación el banco les solicita el Registro Único Tributario, Rut. Finalmente el Subdirector de Gestión de Asistencia al Cliente de la Dian, Juan Orlando Castañeda, dijo que este jueves hubo algunos problemas en el sistema, porque se daño una tarjeta y en el proceso de la instalación de la nueva se presentaron interrupciones durante tres horas que fueron superadas por los técnicos.




