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Procuraduría presentó reposición contra declaratoria de ilegalidad de los computadores de ‘Reyes’

El procurador Ordoñez manifestó que la Corte Suprema no tuvo en cuenta que el computador fue una prueba que se obtuvo en el contexto de la lucha contra el terrorismo.

El procurador general, Alejandro Ordoñez, manifestó que la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia no tuvo en cuenta que el computador de ‘Raúl Reyes’, fue una prueba que se obtuvo en el contexto de la lucha contra el terrorismo

“Por desconocer esa circunstancia de la Operación Fénix, se resolvió declarar ilegal la prueba recogida sin tener en cuenta que los cuestionados elementos de juicio se obtuvieron en un contexto de lucha contra el terrorismo, al amparo de la seguridad nacional e internacional, en el marco del desarrollo de un conflicto no internacional”, señala uno de los apartes del recurso

Sobre la cooperación judicial dice que no es aplicable a autoridades extranjeras, pues no se trató de la práctica de una diligencia judicial en el marco de un proceso penal, sino de una operación militar, que contrajo de manera inusitada la consecución de elementos materiales probatorios

Para el Procurador General, los miembros de la operación Fénix, en esa época y lugar de los hechos, actuaron amparados en funciones supletorias de Policía Judicial según dispone el Código de Procedimiento Penal

“En ejercicio legítimo de esa actividad, frente a un inminente peligro de ataque de la guerrilla de las FARC, custodiaron el lugar de los hechos, inspeccionaron el sitio, recolectaron, embalaron, custodiaron y transportaron las evidencias físicas más importantes. Tampoco sería adecuado aducir, que los funcionarios que actuaron en el ejercicio de funciones supletorias de Policía Judicial o como primer respondiente, lo hicieron sin orden de autoridad competente”, dice la argumentación de la Corte

Dice el Procurador en el caso de la congresista Gloria Inés Ramírez, quien fue cobijada con una decisión inhibitoria en el caso de la ‘farcpolitica’, dice que no se justifica por parte de la Corte una nueva interpretación ya que la Sala Penal valoró la misma fuente probatoria y nada dijo sobre su producción, práctica o aducción. “Por consiguiente, la respuesta fue jurídica y así se mantiene hasta hoy, no existiendo motivación para este cambio”, dice el procurador

Agrega que la postura inicial tampoco resulta contraria a los valores, objetivos, principios y derechos que soportan el ordenamiento jurídico, porque si así hubiera sido, los argumentos expuestos en el inmediato pasado por la Honorable Corte Suprema de Justicia para apreciar las pruebas obtenidas en el campamento del desaparecido jefe guerrillero serían de otro talante, pero se convalidó la prueba con el ejercicio de valoración

En lo que atañe a la valoración de la prueba, destaca el jefe del Ministerio Público, que “en toda la providencia la Corte buscó demostrar la ilegalidad de las evidencias recogidas en el campamento del terrorista Raúl Reyes, pero hacia el final de su argumentación, termina valorando las evidencias, señalando que no se tratan de correos electrónicos sino de documentos de Word, de los cuales se desconoce si viajaron por la red. Esta verdadera apreciación de la prueba, contradice la argumentación seguida por la Sala de Casación Penal en la providencia pues le asigna mérito y grado de convicción al elemento material probatorio declarado antes como ilegal. Por todo lo expuesto, la Procuraduría General de la Nación solicita a la Corte Suprema de Justicia revocar el auto impugnado y en su lugar declarar la legalidad de la evidencia digital recuperada en la “Operación Fénix” y disponer la actividad investigativa necesaria para verificar o demeritar el contenido de los archivos electrónicos hallados durante la mencionada operación militar que puedan comprometer o vincular al doctor Wilson Alfonso Borja Díaz.

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