Eliminación de la CNTV cumplió su primera vuelta en el Congreso
La Plenaria de la Cámara de Representantes aprobó en cuarto debate la reforma constitucional que elimina la Comisión Nacional de Televisión.

Eliminación de la CNTV cumplió su primera vuelta en el Congreso
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La Cámara de Representantes aprobó en cuarto debate el proyecto de reforma constitucional que elimina la Comisión Nacional de Televisión (Cntv), completando así su primera vuelta reglamentaria
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El proyecto, que obtuvo 123 votos a favor y cinco en contra, establece que una ley posterior definirá qué organismo estará encargado de manejar la televisión, pero con un carácter general, referente a todos los sistemas de telecomunicaciones
El representante Orlando Velandia, coordinador de ponentes, dijo que Colombia es el país más atrasado en la regulación de telecomunicaciones y se quedó anclado en un principio constitucional que tenía plena vigencia en 1991, cuando se expidió la Carta Política, pero que ya no está acorde con los vertiginosos avances tecnológicos
Sostuvo que el organismo que asuma las funciones de la CNTV debe ser de creación concertada entre diferentes actores de las telecomunicaciones, incluyendo internet, redes sociales, los diversos sistemas de transmisión de datos y los mecanismos que usan el espectro electromagnético, incluyendo la telefonía celular
El texto de la reforma constitucional aprobada en primer debate es el siguiente:"Artículo 1°. Deróguese el artículo 76 de la Constitución Política de Colombia
Artículo 2°. El artículo 77 de la Constitución Política de Colombia quedará así:Artículo 77. El Congreso de la República expedirá la ley que fijará la política en materia de televisión donde se consagren derechos y garantías de la información
Artículo 3º. La Constitución Política de Colombia tendrá un artículo transitorio del siguiente tenor:Artículo transitorio. Dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigencia del presente acto legislativo, el Congreso expedirá las normas mediante las cuales se defina la distribución de competencias entre las entidades del Estado que tendrán a su cargo la formulación de planes, la regulación, la dirección, la gestión y el control de los servicios de televisión. Mientras se dicten las leyes correspondientes, la Comisión Nacional de Televisión continuará ejerciendo las funciones que le han sido atribuidas por la legislación vigente
Artículo 4°. El presente acto legislativo rige a partir de su promulgación"




