'Tutelazo' permitiría inscripción de cédulas para votar en el exterior
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca abrió la posibilidad para que 2 millones 600 mil colombianos residentes en el exterior puedan ejercer su derecho al voto.


El Tribunal Administrativo de Cundinamarca mediante un fallo de tutela abrió la posibilidad para que 2 millones 600 mil colombianos residentes en el exterior puedan ejercer su derecho al voto en las próximas elecciones presidenciales. El fallo acepta la petición del abogado Álvaro Ramírez Bonilla, quien alegó la violación del derecho fundamental al sufragio por parte del ministerio de Relaciones Exteriores
Sostuvo el demandante que mediante los decretos 309 y 4297 se estableció un plazo entre el 19 de octubre y el 13 de noviembre del 2009 para que los colombianos residentes en el exterior inscribieran las cédulas con motivo de las elecciones del próximo 30 de mayo. Y agregó que tales decretos violan el artículo 116 del Código Electoral, que ordena que los colombianos que están fuera del país pueden inscribir su documento de identificación 15 días antes de que se celebren los procesos electorales
“Aunque el fallo solo me da derechos a mí para votar, con esto se reconoce que todos los colombianos en el exterior tenemos hasta 15 días antes de las elecciones para inscribir la cedula de ciudadanía. El Ministerio, al no permitir esta inscripción de cédulas, está faltando a la obligación legal de dejarnos votar”, sostuvo el jurista
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca manifestó en el fallo que “el derecho constitucional a elegir del articulo 40 de la Constitución Política resulta amenazado” con los decretos expedidos por el ministerio de Relaciones Exteriores. “Ojalá el Ministerio entienda cual fue su error, que se ajuste a la ley y que le ordene a todos los consulados inscribir a la gente que tiene derecho al voto, sostuvo Ramírez, quien agregó que hay millones de personas fuera de Colombia que están indignadas porque no pueden votar
“Así como tengo ahora el derecho a inscribir mi cédula para votar, así mismo deben tenerlo todos los compatriotas que están fuera del país”, concluyó del abogado Álvaro Ramírez Bonilla
La Cancillería tiene tres días hábiles para impugnar o aceptar esta tutela
El fallo es obligatorio: Consejo Nacional ElectoralConsultado sobre esta decisión, el presidente del Consejo Nacional Electoral, Marco Emilio Hincapié, dijo que el fallo le compete exclusivamente a la Registraduría Nacional del Estado Civil en su implementación
“Puede tener dificultades, pues ha situaciones de tiempo por la premura y de recursos, que se deben proveer. Pero un fallo de tutela toca cumplirlo”, dijo Hincapié




