El gobierno determinó la lista de los dispositivos médicos que podrán ser importados de forma paralela
El Ministerio de Protección Social publicó la lista de dispositivos médicos de los que se permitirá la importación paralela, junto con los medicamentos no contemplados en el POS.


Mediante la resolución 1462 de 2010, el Ministerio de Protección Social publicó la lista de dispositivos médicos de los que se permitirá la importación paralela, junto con los medicamentos no contemplados en el POS
Un total de 12 artículos conforman dicha lista: Desfibrilador Cardiaco, Marcapasos implantable, Sistemas de implante Coclear, Neuroestimuladores, Endoprotesis vasculares coronarios y periféricos con liberación de medicamento, Audífonos implantables de osteoconducción, prótesis mamarias, lentes intraoculares, dispositivos médicos para tratamientos de aneurismas tipo Croil o Microcoil, Tapones Vasculares, Endroprótesis vasculares periféricos, esofágicas y biliares, y Mallas quirúrgicas
De igual forma que los medicamentos no incluidos en el POS estos artículos deberán cumplir todos los requisitos sanitarios y de calidad exigidos por el Invima y sólo podrán ser importados por las empresas que cumplan todos los requisitos del Ministerio de Protección Social
El Ministro de la Protección Social, Diego Palacio, reiteró que con esta medida se busca ahorrarle recursos al sistema de salud del país




