Policía: todavía no se pueden exceder los 100 k/h en carretera
La Policía aclaró que a pesar que el Ministerio de Transporte aumentó el límite de velocidad a 120 km en carretera, esto sólo entrará en vigencia cuando las vías estén señalizadas.


A pesar de que el Ministerio de Transporte expidió la reglamentación para que los conductores se puedan movilizar en carretera con una velocidad de hasta 120 kilómetros, la Policía advirtió que la norma sólo entrará en vigencia cuando estén plenamente señalizadas las vías del país
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El jefe de la Dirección de Tránsito de la Policía, General Rodolfo Palomino, sostuvo que hoy si una persona se moviliza a 120 kilómetros por las carreteras podrá ser multada y se permitirá que se desplacen sólo hasta cien kilómetros en las vías con doble calzada
Explicó que la reglamentación emitida por el Ministerio da un plazo de entre seis meses y un año para que los encargados de las concesiones realicen el estudio de las vías y las señalicen con el máximo límite de velocidad en cada tramo
"Sólo cuando se termine ese estudio y la vía tenga las señales correspondientes se podrán desplazar hasta los 120 kilómetros, entre tanto la máxima velocidad es de cien kilómetros y no en todas las vías", señaló Palomino
Enfatizó que esa reglamentación sólo se aplica a los vehículos particulares porque los públicos en ningún caso podrán superar los 80 kilómetros




