Aumenta el limite de velocidad para particulares, 120 k/h en doble calzada, 90 en sencilla
El Ministerio de Transporte estableció nuevos límites de velocidad en las carreteras nacionales, departamentales, distritales y municipales del país.


El Ministerio de Transporte estableció nuevos límites de velocidad en las carreteras nacionales, departamentales, distritales y municipales del país
Mediante la resolución 1384 de 2010 el Ministerio junto con el Fondo de Prevención vial se estableció que las velocidades máximas permitidas para señalizar en las carreteras serán de 120 kilómetros por hora en vías de doble calzada y de 90 kilómetros por hora para las de calzada sencilla
El gobierno determinó además que las carreteras concesionadas deberán estar señalizadas en un periodo no mayor a los 6 meses y las no concesionadas en un periodo no mayor a un año
Para los vehículos de servicio público, de carga y de transporte escolar el límite de velocidad no podrá exceder en ningún caso los 80 kilómetros por hora así la señalización de las carreteras indique velocidades mayores
Este nuevo método no aplica para carreteras urbanas, pues en estas los límites máximos y mínimos para vehículos de servicio público o particular será determinada y señalizada por las autoridades de transito competentes en el distrito o municipio respectivo.




