Inviolabilidad del voto de los congresistas no es patente para cometer delitos: C. Suprema
Así lo señaló la sala penal de la Corte Suprema de Justicia en la sentencia condenatoria contra el ex congresista Teodolindo Avendaño.
Así lo señaló la sala penal de la Corte Suprema de Justicia en la sentencia condenatoria contra el ex congresista Teodolindo Avendaño, hallado responsable de recibir dadivas para favorecer la reelección presidencial
Dice la sala penal en el fallo “no sobra recordar que la inviolabilidad del voto, como ha sido precisado por esta Corporación y también por la Corte Constitucional, no constituye patente de corzo para la comisión de ilícitos”
La Corte Suprema sustenta su afirmación en un aparte de una sentencia de la Corte Constitucional que dice: “es claro que no deben quedar abarcados por la inviolabilidad, hechos punibles que desbordan totalmente esta función, como el de recibir dádivas o promesas para el cumplimiento de la actividad parlamentaria, o ilícitos relacionados con el cumplimiento de tareas administrativas como la apropiación de bienes que les han sido encomendados en ejercicio del cargo”
Pero el tema también se trata en la sentencia contra la ex congresista Yidis Medina, en el que la corte dice que el voto no puede ser apreciado como independiente de los actos de corrupción que lo originaron




